El mundo del euskara cierra filas con el articulo 6.2 de la ley vasca de Instituciones Locales que faculta a los ayuntamientos para decidir cómo regulan el uso del euskera y el castellano en sus relaciones internas y la ciudadanía que el Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucional. El pleno del Alto Tribunal ha anulado la exigencia del uso proferente del euskera en aquellos ayuntamientos vascos que así lo han decidido por “menoscabar los derechos lingüísticos” de sus miembros. El fallo defendido por el magistrado César Tolosa cuenta con sendos votos particulares de la magistrada Laura Díez y del juez Ramón Sáez porque consideran que debió desestimarse la cuestión de inconstitucionalidad.
A juicio de ambos magistrados, el decreto respeta la jurisprudencia constitucional que dice que el legislador puede adoptar medidas de política lingüística tendentes a corregir eventuales situaciones de desequilibrio y que los poderes públicos deben dirigirse a los ciudadanos y a los miembros de las corporaciones locales en la lengua elegida y que “ambas condiciones se cumplen escrupulosamente en la norma”.
Ambos jueces se remiten a la jurisprudencia que señala que la no comprensión de la lengua cooficial ha sido siempre el motivo que sustenta la obligación de los poderes públicos de dirigirse a los ciudadanos en castellano para manifestar que “la norma impugnada no hace más que reflejar ahora esta obligación al ámbito de las corporaciones locales”.
El artículo 6.2
Las convocatorias, órdenes del día, mociones, votos particulares, propuestas de acuerdo, dictámenes de las comisiones informativas, acuerdos y actas de los órganos de las entidades locales podrán ser redactados en euskera. Esta facultad podrá ejercerse, en los supuestos anteriormente mencionados, siempre que no se lesionen los derechos de ningún miembro de la entidad local que pueda alegar válidamente el desconocimiento del euskera, sin perjuicio de lo previsto en la Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de normalización y uso del euskera. Cuando las resoluciones, actas y acuerdos se redacten en euskera, se remitirán en esta lengua las copias o extractos a la Administración autonómica y a la Administración estatal, en cumplimiento de lo dispuesto en la legislación básica de régimen local.
El tribunal ha estimado la cuestión de inconstitucionalidad promovida por el Tribunal Superior de Justicia de País Vasco a raíz de un recurso de Vox, en relación al artículo 6.2 de la Ley de Instituciones Locales de Euskadi al entender que establece la prevalencia del euskera sobre el castellano en los ayuntamientos. El recurso lo defendió Macarena Olona cuando era diputada y responsable jurídica de la formación de ultraderecha.
El Constitucional sostiene que la norma vasca al prescribir un uso prioritario del euskera, "ocasiona un desequilibrio injustificado y desproporcionado del uso del castellano, por establecer formalidades o condiciones para que los representantes de los entes locales puedan ejercitar su derecho a la libre opción".
La sentencia explica que "las entidades locales del País Vasco, como poder público, no pueden tener preferencia por ninguna de las dos lenguas oficiales" y que "reiteradamente, este tribunal ha sostenido que los ciudadanos tienen derecho a usar indistintamente el castellano o la lengua oficial propia de la comunidad autónoma en sus relaciones con el conjunto de las instituciones públicas".
SIN SORPRESA PERO CON PREOCUPACIÓN
Si bien no ha pillado por sorpresa, dados los pronunciamientos judiciales anteriores, la sentencia del Constitucional ha despertado “gran preocupación” entre los principales agentes de la euskalgintza. El presidente de la Real Academia de la Lengua Vasca-Euskaltzaindia, Andres Urrutia, asegura a este periódico que el fallo “no es positivo por la sencilla razón de que todo lo que suponga un obstáculo para la normalización del euskera y en especial en ámbito municipal, que es la institución más cercana en el día a día a las personas, es negativo”. En cualquier caso Urrutia, notario de profesión, hace un llamamiento a la calma y estudiar a fondo el contenido de la sentencia.
“Yo creo –dice– que habrá que esperar a conocer los fundamentos jurídicos y la letra pequeña de la sentencia porque el Constitucional va a tener que justificar muy bien algo que de entrada parece bastante discrecional”. En este sentido, Urrutia sostiene que “es mucho más ajustada la opinión vertida en los votos particulares de la sentencia que lo que dice la nota informativa que he podido ver. Y es que creo que es muy fina la línea que separa la discriminación de la no discriminación” y que en este contexto es “contraproducente” tirar con sal gruesa. “Solo puedo decir que es una auténtica pena y motivo de preocupación para Euskaltzaindia”.
Idurre Eskisabel, secretaria general de Euskalgintzaren Kontseilua, no puede ocultar su “gran preocupación”. Según Eskisabel, “estamos asistiendo desde hace algún tiempo a una ofensiva judicial en contra del proceso de normalización y revitalización del euskera en Euskadi, porque en Navarra esto viene de lejos. Pero esta ola reaccionaria de judicatura parece haberse intensificado con unos argumentos que agravan los efectos en los municipios pertenecientes a zonas sociolingüísticas euskaldunes que pertenecen a la UEMA”.
En esta línea recuerda que pese a ser oficial, “el euskera sigue siendo una lengua minoritaria y minorizada; y continúa en una situación de vulnerabilidad, no porque lo digamos desde la euskalgintza, lo dice la UNESCO”. Por este motivo, el rostro visible de Kontseilua considera que “lo que está pasando es grave por muchas razones: porque los jueces están haciendo de facto política lingüística, usurpando las funciones del poder legislativo y, en definitiva, pasando por encima de la voluntad de la ciudadanía".
Además, subraya que la sentencia del Constitucional "vulnera los derechos de miles de ciudadanos y ciudadanas" a los que "se les niega ser acogidos en la lengua en la que vertebran su vida en el espacio más importante para el ejercicio de la ciudadanía: la relación con la Administración". Por otro lado, Eskisabel considera que esta "negación" tiene un gran impacto "en muchos aspectos de la vida cotidiana" de esta parte de la población. Añade que se trata de una práctica que "vulnera los derechos de miles de trabajadores y trabajadoras de la Administración, al impedirles la posibilidad y el derecho a trabajar en euskera".
En este sentido, recuerda que la 'VII. Encuesta Sociolingüística' indica que "tres de cada cuatro habitantes vascos consideran que para trabajar en la administración hay que saber euskera". Entrando en el fondo del fallo, Eskisabel afirma que los dos votos particulares “reconocen a las entidades autonómicas y locales el derecho a legislar en materia de política lingüística favoreciendo a las lenguas en situación de vulnerabilidad por tanto el sentido del fallo no es uniforme. También existe esa mirada que no tiene nada que ver con el mensaje que se traslada a la ciudadanía”.