Donostia – Desde hoy, Euskadi da un paso enorme en la erradicación del maltrato animal. La ley vasca de protección de los animales de compañía y domésticos ya está en vigor y con ella las mascotas dejan de ser consideradas cosas para ser tratadas como seres vivos y “sintientes”. Además de dotar de mayor protección a los animales y de permitir su acceso a transportes y hostelería, la norma también impone nuevas sanciones de hasta 100.000 euros para las infracciones más graves.

Tras su publicación ayer en el Boletín Oficial de Euskadi, la Ley de Protección de Animales Domésticos ya es una realidad. El Parlamento Vasco dio luz a la norma el pasado 30 de junio sustituyendo a la anticuada de 1993, que todavía consideraba a las mascotas como cosas y que poco se adaptaba a una sociedad con 400.000 perros y 27.000 gatos registrados. A ellos, a los canes (100.000 solo en Gipuzkoa), a los gatos y a los hurones va principalmente dirigida la norma, aunque también tiene en cuenta a otros animales domésticos como los caballos, las cabras y las ovejas. La fauna silvestre, la tauromaquia, la pesca y la caza, no obstante, no están incluidas y deberán seguir esperando una actualización de su normativa específica.

Gracias a esta nueva consideración, las mascotas ganan en derechos y sus propietarios deben proporcionarles cuidados de por vida. Además, imágenes como la de perros expuestos en escaparates o perreras que sacrifican ejemplares pasan a quedar únicamente en la retina de la sociedad y serán perseguidas por las autoridades. Tampoco será posible sortearlos y la venta queda solamente autorizada a establecimientos autorizados, impidiendo que particulares hagan negocio con ellos.

La ley pone también el acento en el maltrato, enumerando una serie de actuaciones sancionables que antes no se contemplaban como disparar o agredirles con cualquier clase de arma, lanzarles material pirotécnico y usar collares de pinchos, descargas eléctricas o técnicas de estrangulamiento. Asimismo, se tipifica como maltrato cortar la cola y las orejas, extirpar uñas y dientes, darles alcohol, drogas o fármacos sin prescripción veterinaria, teñirlos por diversión o para su comercio y abandonarlos o mantenerlos en situaciones donde pueda peligrar su vida.

A este último respecto, la normativa se muestra contundente y prohíbe que los animales estén solos más de un día. Un plazo que no puede ser superior a las doce horas en caso de los perros, salvo en el caso de los de pastoreo, siempre que estén trabajando y con un tiempo máximo de 48 horas. Estas actuaciones también quedan limitadas para los llamados animales de compañía auxiliares como canes de guardia y custodia, de asistencia y buscadores de trufas. Los de rescate, por su parte, únicamente pueden estar en una situación de riesgo cuando estén inmersos en una intervención para salvar una vida.

En lo que se refiere al sacrificio, la ley lo prohíbe en centros de acogida, salvo por razones de sanidad animal, pública o medioambiental y de protección del patrimonio artístico y arquitectónico. En el caso de hacerse tendrá que ser siempre con métodos no crueles e indoloros y se establece la figura de la eutanasia animal, que podrá ser aplicada cuando se padezca una enfermedad o dolencia incurable o dolorosa.

Nuevos accesos y sanciones

El número de mascotas en Euskadi no ha hecho más que crecer y, por ejemplo, la cifra de canes en Gipuzkoa se ha triplicado en quince años. En el territorio, actualmente, hay más de 100.000 canes. Para adaptarse a esta nueva sociedad más concienciada con las mascotas, la ley también permite el acceso a los transportes, bares, hoteles y restaurantes a los animales de compañía siempre y cuando estén atados y controlados. No obstante, el titular de cada establecimiento o medio de transporte puede prohibir su paso con un distintivo visible fuera del local. Este no podrá aplicarse a los animales de compañía auxiliar.

Estos animales deberán estar inscritos en el Registro General de Identificación de Animales de Compañía de la Comunidad Autónoma del País Vasco (REGIA), mientras que las razas autóctonas contarán con un marco jurídico específico al ser declaradas Patrimonio Genético y Etnológico de Euskadi.

Para salvaguardar el correcto funcionamiento de la norma, la ley recoge sanciones que oscilan entre los 100 euros para las infracciones más leves y los 100.000 euros para las muy graves como maltratar hasta la muerte; esterilizar, mutilar o sacrificar sin control veterinario; depositar alimentos envenenados en vías públicas; e inducir, promover y organizar peleas.

La norma, que contó con el apoyo unánime del Parlamento vasco, excepto Vox, que se abstuvo, marca una nueva era en la relación con los animales y presenta un escenario más tolerante y concienciado con el resto de seres vivos. l