Comprar o alquilar VPO
Los usuarios de etxebide deben optar por una u otra opción antes del 10 de junio
LOS usuarios de Etxebide, el Servicio Vasco de Vivienda, tendrán hasta el 10 de junio de este año para modificar sus datos en el registro de solicitantes. Entre otros cambios que deberán realizar los demandantes de vivienda pública antes de esa fecha se encuentra el de elegir entre compra o alquiler, ya que no se podrá ser demandante de ambos, y concretar los municipios donde se requiere el inmueble. Hasta ahora, se podía pedir participar en sorteos de hasta cuatro municipios, sin embargo, a partir de este año solo se podrá estar inscrito en tres localidades: la de empadronamiento, la del lugar de trabajo del titular de la solicitud y una tercera a elegir. No obstante, cabe un matiz, ya que el área de demanda no se circunscribe solamente a un municipio, sino a toda un área funcional que comprende varias localidades de una zona, aspectos que se concretan en la web de Etxebide www.etxebide.euskadi.net.
Para dar cuenta de estos cambios, el Departamento de Empleo y Políticas Sociales del Gobierno Vasco va a enviar a los 80.853 solicitantes inscritos en el registro de Etxebide una carta para informarles de las adaptaciones que se han realizado en su expediente como consecuencia de la entrada en vigor de la nueva normativa. Las modificaciones se realizarán de modo automático si no se concretan las preferencias.
1. ¿Qué cambios conlleva la entrada en vigor de la nueva normativa de Etxebide?
Ya no puede haber cuatro municipios de demanda ni se puede solicitar vivienda en alquiler y en compra indistintamente. Todo ello conlleva actualizar las solicitudes.
2. ¿Dónde puedo demandar vivienda ahora?
-En los municipios de empadronamiento de los titulares de la solicitud.
-En las localidades donde trabaja el solicitante.
-Un municipio adicional diferente de los anteriores.
3. En la carta que he recibido me preguntan si quiero demandar vivienda en mi municipio y área funcional, ¿qué es un área funcional?
Las áreas funcionales son ordenamientos/agrupaciones de municipios de acuerdo a lo establecido por el artículo 4 del Decreto 28/1997, de 11 de febrero, por el que se aprueban definitivamente las Directrices de Ordenación Territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Si quieres conocer en qué área funcional está un municipio concreto, puedes visitar el portal Web Etxebide en la sección Orientaciones prácticas en el apartado Áreas funcionales del Territorio de la CAPV.
4. No quiero participar en las promociones de vivienda de todos los municipios del área funcional, ¿qué puedo hacer?
En las promociones en compra, podrás elegir los municipios que te interesen, ya que para participar en los sorteos, lo tienes que solicitar expresamente. En las promociones en alquiler, si tu solicitud de vivienda es en régimen de alquiler, se te incluirá de forma automática en aquellas promociones de municipios que estén en la misma área funcional que tu(s) municipio(s) de demanda (ya sea por empadronamiento, trabajo o adicional), salvo en aquellas promociones que lo impidan por disposición normativa o convenio.
5. He visto en la carta que he recibido que en mi solicitud de vivienda aparece que solicito un inmueble en X (por ejemplo, Irun) como municipio de empadronamiento, pero hace tiempo que estoy residiendo en Y (por ejemplo, Donostia) y quiero demandar vivienda en este municipio, ¿qué tengo que hacer?
En la tabla del anverso de la carta de comunicación indica en el campo municipio de empadronamiento, Irun, y la fecha desde la que estás empadronado, y luego marca la casilla de que sí quieres solicitar vivienda en tu municipio de empadronamiento y área funcional. No es necesario que adjuntes documentación adicional, ya que en caso de ser necesario se requerirá posteriormente que acredites el empadronamiento.
6. Si Irun y Donostia comparten la misma área funcional ¿qué diferencia hay entre solicitar un municipio como de empadronamiento, como municipio de trabajo o como municipio adicional?
En algunas promociones existen disposiciones normativas o convenios por los que las viviendas solo pueden ser ofrecidas a las personas que estén empadronadas en dicho municipio, por lo que es interesante que si quieres demandar vivienda en el municipio de empadronamiento, lo señales en esa opción y no en otra.
7. Mi solicitud de vivienda era para acceder a compra o alquiler indistintamente. Ahora me pone que solicito en compra, ¿puedo cambiar?
En tu solicitud de vivienda solo puedes solicitar vivienda en compra o vivienda en alquiler, no las dos indistintamente. Con la actualización realizada en enero, las solicitudes de vivienda que eran en compra y en alquiler se han modificado por solicitudes en compra. Si quieres solicitar vivienda en alquiler y no en compra, puedes indicar en la carta de comunicación que no estás conforme con el estado actual de tu solicitud y que deseas solicitar vivienda en alquiler. Para ello marca la opción del punto 2 de la tabla del anverso de la carta donde pone Modificar el régimen solicitado.
8. ¿Si cambio ahora a alquiler, qué antigüedad tendrá mi solicitud?
Si entregas la comunicación por carta indicando que no estás de acuerdo con la modificación realizada y que quieres solicitar vivienda en compra, se modificará tu solicitud para que su antigüedad coincida con la fecha en que solicitaste alquiler o compra (o incluso anterior, si hubiese continuidad en una solicitud en alquiler).
9. En la carta me avisan que tengo que una vivienda y que debo justificar mi necesidad de vivienda y solicitar vivienda en alquiler, ¿por qué me dicen esto?
Con la nueva normativa, si dispones de vivienda no puedes solicitar vivienda en compra, por lo que debes modificar tu solicitud a alquiler. Además, para poder solicitar vivienda en alquiler deberás justificar tu necesidad de vivienda y/o que tienes un contrato de alquiler de VPO que finaliza dentro de un máximo de 6 meses. En caso contrario, tu solicitud de vivienda será dada de baja.
10. Vivo lejos de la oficina Zuzenean de Atención Ciudadana, ¿cómo puedo entregar mi respuesta a la carta recibida?
Se puede entregar la respuesta de forma presencial en las oficinas Zuzenean de Donostia mediante dos opciones: enviando la tabla cumplimentada y firmada por correo postal a la atención del Delegado Territorial de Vivienda a la siguiente dirección: c/Andía, 13, 20003 Donostia; o bien de puede entregar la respuesta firmada en el punto de atención ciudadana de el Ayuntamiento si este tiene acuerdo firmado con el Gobierno Vasco, que en Gipuzkoa son: Altzo, Andoain, Anoeta, An-tzuola, Aretxabaleta, Arrasate, Azpeitia, Berastegi, Berrobi, Eibar, Eskoriatza, Hondarribia, Irura, Idiazabal, Lazkao, Legazpia, Lezo, Lizar-tza, Olaberria, Ormaiztegi, Urnieta.