Las imágenes del miércoles por la noche en Anoeta con las bengalas de los seguidores del Benfica no solo empañaron el gran triunfo de la Real, sino que sumieron de nuevo en la vergüenza al fútbol europeo. Ahora la pelota está sobre la justicia y sobre el tejado de la UEFA, que en unas semanas se pronunciará sobre lo ocurrido en Anoeta y que además de a otros hinchas portugueses, expuso ante el peligro a decenas de realistas del anillo inferior. No haber podido garantizar la seguridad dentro del estadio puede acarrear una sanción no solo para el Benfica, que se da por descontado, sino también para la propia Real.

¿Cómo actuará la UEFA?

Horas después del partido es una de las preguntas en el aire. Todo comenzará con el informe del delegado de la UEFA, el belga Johny Vanspauwen, que llegará a las manos del Comité de Control, Ética y Disciplina. El citado órgano puede emitir su dictamen en cuestión de semanas. Para esa deliberación, el Comité contará con el reporte del Delegado de Seguridad UEFA y las alegaciones que los clubes implicados puedan realizar.

Los aficionados del Benfica lanzan una bengala en Anoeta

Los aficionados del Benfica lanzan bengalas en Anoeta N.G.

¿La Real es responsable?

Las Regulaciones Disciplinarias de la UEFA sitúan en los clubes locales la responsabilidad del “orden y la seguridad” en torno a un partido. A diferencia de lo que afirmó el presidente realista, Jokin Aperribay, que circunscribió esta lacra en un problema de “seguridad ciudadana”, la UEFA señala en dichas Regulaciones que los clubes son responsables del orden “tanto dentro y alrededor del estadio antes, durante y después de los partidos”.

“Todas las asociaciones y los clubes deberán cumplir con las obligaciones definidas en las Normas de Seguridad y Reglamento de Seguridad”, desarrolla la UEFA, que explicita en el artículo 16 del citado documento que “son responsables de incidentes de cualquier tipo y pueden estar sujetos a medidas y directivas disciplinarias a menos que puedan demostrar que no han sido negligente de cualquier manera en la organización del partido”.

Una formulación lo suficientemente abierta para que la UEFA pueda castigar los hipotéticos fallos de seguridad en los controles que son responsabilidad de la Real como pueda exonerar al club realista e imputar solo al Benfica por las acciones de varios seguidores de la Zona Visitante.

El artículo 16 de las Regulaciones, que no deja de pertenecer al ámbito del Derecho privado que vincula a entidades privadas, concreta “los comportamientos inadecuados” que pueden suponer sanciones, como una invasión de campo, el “lanzamiento de objetos potencialmente peligrosos para la integridad física de los presentes o para el desarrollo del partido”, el “encendido de fuegos u objetos similares”, la utilización de láseres, etc.

Precedente, en 2017

El peligro vivido por aficionados y familias contra el Benfica en Anoeta tiene un episodio previo similar en la visita del Zenit de San Petersburgo en diciembre de 2017. En plenas obras de reforma (el fondo del Miniestadio estaba derruido), la afición visitante seguía ubicada en el anillo inferior del fondo contrario, el de la Avenida de Madrid. Desde allí lanzaron fuegos artificiales que chocaban contra el techo interior del Estadio, con el consiguiente peligro para los hinchas que estaban justo debajo.

La sanción llegó un mes después, cuando la UEFA impuso una multa de 30.000 euros al equipo ruso (que ganó 360.000 como bonus por ganarle a la Real en Anoeta) y desvinculó a la entidad realista de unos hechos sobre los que, sin confirmación pública oficial, se llegó a especular que algún miembro de la expedición oficial visitante ayudó a los ultras a introducir el material pirotécnico, razón de peso que pudo llevar a la UEFA a absolver a la Real.

Ultras del Zenit de San Petersburgo, durante el partido de Anoeta en 2017 Ruben Plaza

¿Qué dicen las Regulaciones Disciplinarias de la UEFA?

Si el artículo 16 complica la defensa de la Real, aún deja peor para el Benfica a la vista de los hechos. Más aún, en mayo el club lisboeta fue sancionado por la UEFA tras los incidentes que algunos hinchas protagonizaron en Milán, por lo que sería reincidente. Al igual que en Donostia, hubo incidentes en el exterior del Giuseppe Meazza (con un niño de 8 años herido) y también dentro, con encendido y lanzamiento de bengalas.

Como ahora, entonces también el Benfica mostró su pesar por los acontecimientos y señalaron que “el fútbol que queremos no pasa por este tipo de situaciones, que son de total repudio y no están en consonancia con los valores y principios del Sport Lisboa e Benfica”.

Aquello no le sirvió al equipo lisboeta para librarse de una sanción: 35.000 euros de multa y prohibición de acceder a entradas europeas en su siguiente partido continental. La sanción se ha ejecutado esta temporada, una vez el Inter eliminó al Benfica. Casualidades de la vida, en el desplazamiento luso a Milán. Por esa razón, Donostia se convertía en el primer destino continental del equipo portugués.

¿Y la legislación ordinaria?

Aperribay fue claro respecto a los presuntos responsables. “Iremos penalmente con todo contra esos delincuentes”, enunció en una comparecencia de urgencia en la sala de prensa de Anoeta cuando los radicales portugueses aún esperaban en la Zona Visitante. Los implicados, localizados gracias a la videovigilancia, estaban siendo identificados, lo que sin más acción policial, no les impediría al salir del estadio tomar el camino hacia Lisboa. Allí recibirán las correspondientes sanciones administrativas y multas económicas.

El máximo mandatario realista señaló que “si por la Real fuese y pueden entrar en la cárcel, entrarán en la cárcel para toda la vida”. La realidad puede ser otra bien diferente a las indignadas aseveraciones de Aperribay. Al menos, a falta de ver si los servicios jurídicos de la Real encuentran algún resquicio en el Código Penal donde encajar los hechos, algo que fuentes consultadas por este diario ven difícil.

Dos son los planos que se cruzan en lo ocurrido en la tarde del miércoles: fuera del campo y dentro de Anoeta. En el primer caso, se perfilan como principales dos delitos: el de desórdenes públicos y el de atentado a la autoridad en el caso de los que se enfrentaron a los agentes de la Ertzaintza.

Los incidentes del exterior se saldaron con cuatro detenidos han sido puestos en libertad tras pasar ante el juez tras el primer informe que hecho la Ertzaintza, con la Ley de Seguridad Ciudadana, más conocida como Ley Mordaza, en la mano.

La Ley 19/2007, de 11 de julio, contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte también se puede aplicar en estas ocasiones, ya que no solo extiende su marco de aplicación a los alrededores de los recintos deportivos antes, durante y después de los eventos. En cualquier caso, hablamos de sanciones administrativas de carácter económico (con multas de hasta 600.000 euros en las conductas más graves) y castigos como la prohibición de acceso a recintos deportivos del Estado español.

A diferencia de la normativa de la UEFA (que extiende la responsabilidad en los clubes y federaciones), la legislación ordinaria imputa los presuntos delitos a los sujetos particulares, por lo que los clubes y las federaciones no tendrían responsabilidad en este tipo de hechos.

Detenidos e identificados

En el interior de Anoeta, el encendido y posterior lanzamiento de bengalas también se puede apreciar e imputar una alteración del orden público. A diferencia de lo ocurrido en el exterior, por el momento no hay detenidos. Sí identificados, en un número que el Departamento de Seguridad no ha concretado. Si no hay alguna otra acción más que encaje con algún tipo de delito de mayor gravedad, tras ser identificadas esas personas han podido abandonar la ciudad.

Eso sí, en el caso de que la Justicia actúe y al formar los dos estados parte del mismo espacio europeo, los convenios comunitarios obligarán a que los ciudadanos portugueses culpables respondan ante las instancias correspondientes por lo realizado en el interior de Anoeta. En otras palabras: si esas personas son sancionadas, deberán hacer frente a las multas correspondientes.