El expresidente de la Real Sociedad Iñaki Badiola ha recurrido la condena a diez años y ocho meses de prisión que le impuso un juzgado de Donostia por distintos delitos de injurias y calumnias vertidas de forma anónima desde dos cuentas de Twitter contra distintos políticos, jueces, periodistas y un medio de comunicación.
La resolución aseguraba que Badiola utilizó estas cuentas, entre 2017 y 2018, para "desahogarse" de hechos como su destitución en 2008 de la Presidencia de la Real Sociedad, el haber sido declarado judicialmente "culpable" del concurso de acreedores en el que entró el club, y encontrarse inmerso en distintos expedientes abiertos en su contra por la Hacienda foral.
La sentencia otorgó "plena credibilidad" y "valor probatorio" a las pesquisas realizadas sobre el caso por la Ertzaintza que, como declaró uno de sus agentes en el juicio, permitieron determinar que quien que se encontraba tras las citadas cuentas de Twitter era Badiola con una seguridad del "99,9 %".
Por esta razón, el recurso de 268 páginas presentado ahora por Badiola, al que ha tenido acceso EFE y sobre el que deberá pronunciarse la Audiencia de Gipuzkoa, centra gran parte de sus esfuerzos en desacreditar las investigaciones de la Ertzaintza que permitieron vincularle con las citadas cuentas.
De esta manera, la apelación sostiene que los informes de la Policía Vasca "no debieron ser considerados como prueba pericial" y "sus resultados no debieron ser atendidos", por haber sido "obtenidos a través de una metodología no segura y carecer de una mínima fiabilidad técnico-científica".
El recurso mantiene también que los informes de la Ertzaintza se basaban en "meras conjeturas" y carecían de "cientificidad" y "fiabilidad", al tiempo que detecta en ellos "puro intuicionismo" y "voluntarismo" para "presuponer" mediante el método de "trastear" por internet que las citadas cuentas de Twitter correspondían al expresidente realista.
Entre los 33 motivos de recurso recogidos en la apelación, la defensa también considera vulnerado el derecho a la presunción de inocencia de su cliente, al entender que no es posible "extraer consecuencias adversas del silencio del acusado" durante el juicio, en el que únicamente se limitó a responder a una pregunta de su letrado para negar vinculación alguna con las citadas cuentas de Twitter, ejerciendo su "derecho fundamental" a mantener "silencio" en el resto de la vista.
El documento pone de relieve asimismo "el hecho de que ni Twitter, ni las autoridades estadounidenses" atendieran las solicitudes de información realizadas por la justicia española al no considerar "suficientemente fundados" sus requerimientos, lo que por otra parte conlleva, a su entender, que no se haya obtenido "prueba fehaciente de la identidad del titular de las cuentas".
El recurso combate además la idea de que los hechos sean constitutivos de los tipos penales de los delitos de calumnias e injurias por los que se condena a Badiola, señala que las indemnizaciones concedidas a las víctimas han sido otorgadas "de manera arbitraria", y manifiesta que las multas impuestas lo fueron mediante una "motivación errónea" además de resultar "del todo desproporcionadas".