donostia - La Audiencia Nacional condenó ayer a Jean Pierre Harocarene y a Emilio Castillo a penas de cuatro años y dos años y medio de cárcel, respectivamente, por haber participado en actividades vinculadas al cobro del denominado impuesto revolucionario, mientras que absolvió al resto de acusados por formar parte del aparato de extorsión de ETA que operaba en el bar Faisán de Irun, en el que el 4 de mayo de 2006 se produjo un chivatazo policial que desbarató la operación que dirigía el juez Fernando Grande-Marlaska.
La Sección Primera de la Sala de lo Penal consideró a Harocarene culpable de un delito de pertenencia a organización terrorista y a Castillo autor de un delito de colaboración aplicando la atenuante de dilaciones indebidas en ambos casos por la “desmesurada” duración del procedimiento desde su detención en junio de 2006.
Los magistrados absolvieron por falta de pruebas a Ramón Sagarzazu, considerado un histórico miembro de ETA, y a Ignacio Aristizabal, para quienes la Fiscalía solicitaba ocho y seis años de cárcel por pertenencia y colaboración con organización terrorista, respectivamente. Además, absolvió a Carmelo Luquin al no haber quedado acreditado que participara en las actividades que su suegro, el dueño del bar Faisán Joseba Elosua -ya fallecido-, llevó a cabo desde 2000 hasta 2006.
La sentencia, con ponencia de la magistrada Manuela Fernández Prado, recuerda que Sagarzazu reconoció haber sido militante de la organización terrorista, pero que para poderle imputar un delito de integración en organización terrorista es “necesario” que hubiera participado “de alguna manera” con sus actividades. “Y esa actividad no puede ser hablar del proceso de paz con un empresario vasco interesado en el tema porque no es una actividad terrorista”, añadió.
La resolución declara probado que el bar Faisán fue uno de los lugares “habituales” para que las personas que recibían las cartas de extorsión entraran en contacto con ETA a través del propietario del local, Joseba Elosua, quien mantenía una “estrecha” relación con Jean Pierre Harocarene, que desde 2001 distribuyó cartas y contactó con sus receptores.
En 2005, Harocarene pidió a Emilio Castillo remitir estas misivas a la empresa Vinos Casado, lo que este llevó a cabo “pese a saber que se trataba de cartas exigiendo el pago de dinero en nombre de ETA”. “Su actuación fue puntual y limitada, siguiendo las instrucciones del otro acusado”, señalan los magistrados.
Los magistrados aluden al fallecimiento de Elosua y de personas de su entorno, como Gorka Aguirre, y a la “filtración” el día en el que un operativo policial esperaba localizar el dinero procedente de las extorsiones. “Nada se pudo encontrar en los registros, con la única excepción de cuatro pasquines pidiendo el boicot y de 20.000 euros en el garaje de Elosua”, añaden. A su juicio, el bar Faisán era un lugar “apropiado”, porque “en este local aparecen esporádicamente individuos con traje y corbata y vehículos de alta gama. El perfil no es el del cliente habitual y ello concuerda con que se trate de empresarios extorsionados”. - E.P.