Zarautz aprueba definitivamente la prohibición de fumar en su playa
Se convierte en el primer municipio de la CAV en prohibir fumar en la playa y establece multas de hasta 500 euros por incumplimiento
El Ayuntamiento de Zarautz ha aprobado en el pleno de este jueves una ordenanza en la que se prohíbe fumar en toda la playa, con multas de hasta 500 euros para quienes incumplan dicha norma. La medida entrará en vigor una vez que se publique en el Boletín Oficial de Gipuzkoa. Así, la villa zarauztarra se convierte en la primera de la CAV en sancionar el consumo de tabaco en su arenal. La votación ha contado con 12 votos a favor del Gobierno Municipal (10 de EAJ-PNV y 2 del PSE-EE) y 9 votos de la oposición (EH Bildu), sumando la unanimidad del pleno.
La nueva ordenanza ya pasó por el proceso de alegaciones, que permitió a las y los zarauztarras y a los colectivos presentar sus opiniones sobre la norma antes de su aprobación definitiva este jueves en el pleno. Inaxio Illarramendi (PSE-EE), concejal de Medio Ambiente, ha comentado a este periódico que “comprobamos que la legislación vigente permitía implementar esta medida y decidimos plantearla para proteger la salud, el medio ambiente y la convivencia en la playa. Estamos orgullosos y contentos de que esta normativa haya salido adelante”.
32 infracciones leves
La normativa busca proteger la limpieza, la salud y el bienestar del individuo, el medio ambiente del litoral y la convivencia respetuosa entre los usuarios de la playa.
La nueva ordenanza establece un total de 32 infracciones leves. Destacan las siguientes: fumar en la playa y tirar colillas o cáscaras de frutos secos en la arena. También está prohibido usar jabones o geles en las duchas públicas, orinar o defecar en espacios públicos, encender hogueras o cocinar con hornillos de camping, acampar, dormir en la arena o montar tiendas de campaña, alterar o matar animales que habitan en las rocas, usar altavoces o megáfonos sin auriculares y, por último, pisar o usar las dunas de forma indebida.
Multas e impacto de las colillas en el medio ambiente
Las infracciones leves serán sancionadas con multas de hasta 500 euros, mientras que las graves pueden llegar a 1.500 euros y las muy graves a 3.000 euros. Fumar en la playa, usar altavoces sin auriculares, cocinar con hornillos de camping, acampar o dormir en la arena, pisar las dunas… son consideradas infracciones leves, aunque la reincidencia puede agravar la sanción.
Más allá de la sanción económica, fumar en los arenales supone un riesgo importante para la propia salud, para los que están alrededor y, también, para el ecosistema. Y es que, las colillas están compuestas principalmente por acetato de celulosa. Este tipo de plástico puede tardar hasta diez años en degradarse y libera hasta 7.000 sustancias químicas tóxicas. Éstas contaminan la arena y el agua y, por eso, llegan a afectar a aves marinas, peces y moluscos. Incluso pueden provocar la muerte de los animales mencionados.
Por si fuera poco, las colillas aumentan el riesgo de incendios, especialmente en épocas de sequía, y deterioran la calidad del paisaje natural, obligando a los Ayuntamientos a destinar recursos económicos para su ardua tarea de limpieza.
Regulación de la presencia de mascotas
Además, entre otras medidas, la nueva ordenanza regula la presencia de mascotas en el arenal zarauztarra. Así, los perros podrán acceder fuera de la temporada de playas, del 1 de octubre al 31 de mayo, a cualquier hora. Durante la temporada de playas, del 1 de junio al 30 de septiembre, el acceso está permitido únicamente de 21.00 horas a 9.00 horas. En todos los casos, tanto en la temporada de playas como fuera de temporada, es obligatorio llevar al perro sujeto con correa y también recoger sus heces.