El Congreso de los Diputados ha aprobado un cambio fiscal que exime del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) a quienes perciben el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en 2025, y que a su vez, beneficia con deducciones de forma gradual a los que ingresan menos de 18.276 euros anuales.
Esta medida, impulsada por PSOE, Sumar y BNG, se ha introducido mediante una enmienda a la ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos de motor.
Gracias a esta modificación, los trabajadores que cobren entre el SMI –fijado en 16.576 euros anuales (1.184 euros al mes en 14 pagas)– y 18.276 euros, se podrán beneficiar de una deducción de hasta 340 euros en la declaración de la renta.
Fórmula de la nueva deducción
La deducción será de 340 euros anuales cuando los rendimientos sean inferiores al SMI de 16.576 euros y se irá rebajando progresivamente hasta los 18.276 euros.
Para quienes tengan rendimientos íntegros del trabajo superiores al SMI pero inferiores a 18.276 euros anuales, la enmienda consiste en restar a esos 340 euros el resultado de multiplicar por 0,2 la diferencia entre los rendimientos íntegros del trabajo y 16.576 euros anuales.
La fórmula para calcular la deducción es la siguiente: Deducción = 340 euros - 0,2 x (rendimientos - 16.576 euros).
Por ejemplo, si el salario anual de un contribuyente es de 17.200 euros, la diferencia con el SMI es de 624 euros. Al multiplicar esa cantidad por 0,2 (634 euros x 0,2 = 124,8 euros) y restarla a los 340 euros, da como resultado una deducción de 215,2 euros en la declaración de la Renta, lo que reducirá la factura fiscal.
Perceptores del SMI, exentos
Aproximadamente el 20% de los perceptores del SMI han experimentado retenciones del IRPF en su nómina (alrededor de medio millón de trabajadores), fundamentalmente solteros y sin hijos. Con la nueva enmienda de Hacienda, este impuesto quedaría totalmente exento para quienes ingresen el salario mínimo.
No obstante, para que Hacienda devuelva el importe retenido durante este año, es necesario que el contribuyente presente la Declaración de la Renta en la Campaña de 2026, que corresponde al ejercicio de 2025.
Desacompasados
Este es el primer año en el que el Gobierno español ha decidido no elevar el umbral mínimo exento del IRPF y acompasarlo al nuevo aumento del SMI, por lo que se mantiene el de 2024. Así, el importe exento se aplica a ingresos anuales iguales o inferiores a 15.876 euros anuales, que es justo el SMI de 2024, un importe inferior al nuevo SMI que desde 2025 se ha fijado en los 16.576 euros.
No obstante, el SMI quedará exento gracias a esta nueva deducción en la cuota del IRPF para que los asalariados que cobran el salario mínimo o menos no tributen durante este año.
Si un perceptor del SMI no presenta la Declaración de la Renta, podría estar soportando una carga fiscal de hasta máximo 300 euros anuales. No obstante, ahora, con este nuevo acuerdo, todos los perceptores del salario mínimo estarán exentos de pagar este impuesto, siempre que hagan la Declaración de la Renta.
Pérdida de recaudación
El Gobierno español ha optado por esta fórmula para dejar exentos a los perceptores del SMI en lugar de elevar el mínimo exento del IRPF hasta la cuantía anual de este salario, ya que, según los cálculos de Hacienda, esta otra fórmula tendría un coste de entre 1.700 y 2.000 millones de euros para las arcas públicas.
Ello se debe a que la pérdida de recaudación por elevar el umbral mínimo exento al nuevo SMI no solo estaría ligada a lo que Hacienda dejaría de ingresar por eximir del IRPF a los perceptores del salario mínimo, sino también por los ajustes en el impuesto para no perjudicar a las rentas más bajas.
De hecho, el aumento del mínimo exento del IRPF al SMI en años anteriores también ha beneficiado a los salarios próximos a dicho salario, ya que en caso contrario, se produciría el conocido como "error de salto" y tendrían que pagar retenciones mucho más elevadas, llegando a tributar un 43%, el marginal máximo del impuesto, a partir de 15.876 euros de ingresos.