Un juzgado de Donostia ha condenado a las empresas Cofivacasa y Sidenor Industrial a indemnizar con 133.000 euros a un operario que enfermó de cáncer de pulmón tras haber trabajado expuesto al amianto "sin medidas preventivas".

Según ha informado la Asociación de Víctimas del Amianto de Euskadi (Asviamie), la sentencia, dictada por el juzgado de lo Social número 5 de Donostia, estima "parcialmente" la demanda del trabajador debido a su tabaquismo y condena a las empresas por incumplir la legislación y la prevención de riesgos laborales.

El operario trabajó en la planta de Pedro Orbegozo-Acenor de Hernani en tareas de mantenimiento mecánico desde 1969 hasta el cierre de la fábrica tras lo cual fue trasladado a Sidenor Aceros Especiales S.L de Vitoria, donde desarrolló su labor como operario de maquinaria de laminación y calibrado hasta 2008.

El empleado, incluido en 2009 en el listado de Osalan como trabajador "probablemente expuesto al amianto", fue diagnosticado en 2019 de un "carcinoma escamoso infiltrante moderadamente diferenciado". El INSS de Araba le concedió un año después una incapacidad permanente total derivada de enfermedad profesional.

Según Asviamie, Sidenor Industrial se oponía "íntegramente a la demanda" al entender que no quedaba acreditada la exposición al amianto y defender que, en todo caso, procedía a una "reducción del 50% de la indemnización" debido al tabaquismo del trabajador, que consumía "más de 25 cigarros diarios".

Cofivacasa, por su parte, eludió su responsabilidad al recordar que "Acenor cedió sus activos a Sidenor y que ellos nunca han sido empleadores", además de insistir en el hábito tabáquico del demandante y afirmar que, en todo caso, la indemnización sólo debería ascender a 52.900 euros, asegura Asviamie.

Asviamie afirma que "la sentencia estima parcialmente la demanda al quedar probada la exposición laboral al amianto y el origen profesional de la enfermedad", así como el incumplimiento de la legislación vigente por parte de las empresas.

En cuanto a la indemnización, la resolución judicial recoge las declaraciones de uno de los peritos en el juicio sobre que "el tabaco aumenta un 59% el riesgo de la enfermedad" y condena a ambas compañías al pago solidario de 133.464,5 euros en concepto de daños, más el interés legal correspondiente.