Aunque a día de hoy, lo más importante es frenar la crisis sanitaria, no hay que dejar de lado el horizonte económico que se avecina. El cierre de las actividades no esenciales, los ERTEs, los ceses de actividad dibujan un panorama económico complicado. Actualmente se han destruido en torno a 800.00 empleos y todo parece indicar que los datos futuros no serán nada alentadores.

En este contexto, autónomos y pequeñas y medianas empresas son quienes más difícil lo tienen por la falta de recursos con los que hacer frente a esta nueva situación económica. Por eso, te presentamos un listado con todas las ayudas que, hasta ahora, se han aprobado para estos colectivos.

Cese de actividad

Aquellos profesionales autónomos que vean reducidos sus ingresos un 75% por la crisis del coronavirus, pueden acceder al conocido como “paro de los autónomos”. La cuantía que recibirán se calcula tomando como base la media mensual de cotización de los últimos seis meses. Dado que el 80% de los autónomos cotizan por la mínima, la cantidad media que recibirán los autónomos será de unos 660 euros al mes. Para poder optar al cese de actividad, o también llamado paro de los autónomos, es necesario que el trabajador esté al día en los pagos a la Seguridad Social y haber estado dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) en el momento en el que se decretó el estado de alarma el pasado 14 de marzo.

Aplazamientos aprobados

Los autónomos podrán aplazar las deudas que ya tuvieran anteriormente con la Seguridad Social. Aquellos ingresos que los trabajadores por cuenta propia tuvieran que realizar entre abril y junio del presente ejercicio podrán aplazarse, aplicando un 0.5% de intereses. También se ha aprobado una moratoria de seis meses para el pago de las obligaciones con la Seguridad Social de mayo, junio y julio tanto de autónomos como de empresarios. Además, éstas, no tendrán recargos ni intereses.

Planes de pensiones

Los autónomos o empresarios que se hayan visto obligados a cerrar sus negocios pueden acceder al rescate de sus planes de pensiones.

Hipotecas

Se suspenden los pagos de las hipotecas durante tres meses para aquellos autónomos afectados por la crisis del coronavirus. Para ello, deberán presentar una declaración responsable que acredite la vulnerabilidad y podrán suspender sus cuotas durante tres meses.

Bono social eléctrico

Está destinado a aquellos autónomos que hayan tenido que cesar su actividad o que hayan reducido sus ingresos, cómo mínimo, en un 75%. Podrán suspender las facturas de los suministros de gas y electricidad durante seis meses.

Autónomos contagiados por coronavirus

Los trabajadores por cuenta propia que caigan enfermos por Covid-19 será considerado como accidente laboral. Es decir, podrán cobrar una prestación por baja laboral. La cuantía para los autónomos que cotizan por la base mínima es de 23,61 euros por cada día que se esté de baja. La principal diferencia en caso de que se considerara enfermedad común es que el autónomo en estos casos recibe la prestación a partir del cuarto día y la cuantía es el 60% de la base reguladora.

Financiación

El gobierno español ha anunciado una serie de avales que cubrirá el 80% de los riesgos que se asocien a los préstamos que las entidades bancarias concedan a los autónomos y pequeñas y medianas empresas. En concreto, se van a destinar 10.000 millones de euros a esta medida. Los autónomos y empresarios necesitados, deben ir a los bancos a solicitar esta financiación.

Bonificaciones en contratos anteriores

Especialmente en sectores como la hostelería o el comercio han realizado contratos fijos discontinuos con anterioridad a la crisis del coronavirus. Estos contratos venían acompañados de ciertas bonificaciones. La seguridad Social ha anunciado que mantiene estas ayudas para todos los contratos firmados hasta junio.

Por otro lado, Hacienda va a aplazar el reembolso de los préstamos que las comunidades autónomas o las locales hayan hecho a autónomos y pymes afectados por el coronavirus. Si han cesado actividad o reducido sus ventas, podrán solicitar el aplazamiento de los pagos y sus intereses y poder abonarlo a lo largo del presente ejercicio.