donostia - El juez titular del juzgado de lo Mercantil de Donostia, Pedro José Malagón, encargado del concurso de acreedores de Fagor Electrodomésticos, insistió ayer en que, en una liquidación de activos de forma unitaria dentro de un proceso concursal, no procede la transmisión de las deudas salariales (tanto las indemnizaciones por despido como las cotizaciones pendientes a la Seguridad Social) en los casos en los que la empresa quebrada se vende sin la plantilla incorporada, como ha sido el caso de la cooperativa de Arrasate.

De esa manera Malagón volvió a defender la postura que manifestó en el auto de liquidación de los activos de Fagor -que supuso la adjudicación de las plantas en Euskadi del fabricante de electrodomésticos al grupo catalán CNA- y dejó entrever la opinión que posiblemente plasmará en el auto por el que resolverá el recurso presentado por la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) contra ese mismo auto.

El organismo público, uno de los acreedores en el concurso de Fagor, entiende que, en virtud de la normativa concursal actual, una adjudicación de activos de forma unitaria (todo en bloque) conlleva una sucesión de empresa, lo que la facultaría para cobrar las cotizaciones sociales pendientes correspondientes al periodo anterior a la declaración del concurso. Sin embargo, Malagón considera justo lo contrario, que no se produce una sucesión de empresa si en la transmisión de activos en la liquidación no se incorpora la plantilla, como ha sido en el caso de Fagor Electrodomésticos.

El magistrado hizo esa aseveración durante su participación ayer en el XVIII Congreso Hispajuris que se celebró ayer en la sede del Colegio de Abogados de Gipuzkoa (Icagi) en Donostia y en cuya organización participó el despacho donostiarra SUnion. Bajo el título La viabilidad de la empresa en concurso de acreedores la jornada reunió a representantes del mundo del Derecho, de la Administración y de compañías del territorio para analizar los problemas que se suscitan en los procesos concursales a la hora de intentar salvar la actividad tanto por la vía del convenio como por la liquidación.

La presencia de Malagón en el congreso se debía no solo a su amplio conocimiento de la práctica concursal y su experiencia en el territorio guipuzcoano sino también al hecho de haber conducido uno de los concursos de mayor envergadura en el Estado y haberlo hecho en un tiempo récord y de manera satisfactoria al conseguir el mantenimiento de la actividad de Fagor y sus filiales.

El juez de lo Mercantil de Donostia explicó que la reforma de la Ley Concursal aprobada el pasado 5 de septiembre intenta favorecer en cierto modo la transición unitaria de empresas pero introduce la existencia de una serie de créditos que deben ser respetados, entre ellos los de la TGSS.

Jurisprudencia Malagón recordó que hasta ahora la jurisprudencia se ha decantado por que en las transmisiones de unidades productivas o empresas no se contemple la sucesión de empresa en los casos en los que la empresa mantiene una actividad -con mantenimiento de plantilla- y no en los supuestos en los que la compañía ha sido liquidada. “Si se interpreta en sentido contrario, es decir, que la sucesión es predicable en todo tipo de transmisiones unitarias, difícilmente se podrán vender si el empresario adquiriente no descuenta del precio de compra lo que pagará a trabajadores y la Tesorería de la Seguridad Social”.

Dicho de otra manera y trasladado al caso del concurso de Fagor Electrodomésticos, de haberse entendido en un primer momento que se producía una sucesión de empresa, lo lógico habría sido que Cata hubiera descontado del precio que ofreció por los activos -42,5 millones de euros- el dinero adeudado a los trabajadores y a la TGSS, que ascendía a más de cuatro millones de euros.

Según Malagón, con los últimos cambios operados en la Ley Concursal “se agudiza el problema porque se corta la línea que había emprendido la jurisprudencia”, si bien insistió en que “lo lógico es que haya sucesión solo cuando se transmite la empresa con trabajadores”.

Por su parte, el socio-director de SUnion José Luis Martínez hizo una lectura crítica de la actual regulación concursal en España porque, por un lado, “debería facilitar más la entrada de financiación” externa en la empresa que permita la continuidad de su actividad y, por otro, confiere demasiada protección a los derechos de crédito que ostentan las administraciones públicas, En su opinión, “es necesario reformar de manera importante el tratamiento de los créditos públicos; aquí su situación es excepcional en comparación con el resto de Europa, donde no tienen tantos privilegios”.

Durante la jornada -en la que estuvieron presentes en el público el director general de la Hacienda foral, Xabier Olano, y el secretario general de Adegi, José Miguel Ayerza- el presidente de Hispajuris (una de las principales firmas de servicios legales en el Estado), Fernando Escura, hizo entrega de una placa de agradecimiento a la decana de Icagi, Lourdes Maiztegui.