Donostia. Una sentencia del Juzgado de lo Social de Donostia obliga al Ayuntamiento a abonar a una trabajadora que fue contratada durante seis meses el mismo salario (en proporción) que al resto de los trabajadores municipales de su categoría. Esta persona fue empleada en el marco de los contratos de interés social dirigidos a personas desempleadas y el Ayuntamiento le abonó el sueldo correspondiente al convenio de su sector, que es menor que el que recibe el personal municipal de la misma categoría profesional. El Consistorio deberá compensar esa diferencia y abonar casi 2.000 euros más en total a la demandante.

El sindicato ELA, que se felicita por la sentencia, recuerda que en 2010 se empleó a 800 personas a través de esos contratos de seis meses del programa para el fomento del empleo y este año está previsto que haya 550 más. Según la central y a partir de esta sentencia, el Consistorio debería compensar a todos ellos, ya que se les aplicó el convenio correspondiente a su sector en lugar de las condiciones de la plantilla municipal.

El juzgado da la razón, por lo tanto, a la empleada que recurrió a los tribunales. Fue contratada para realizar tareas de auxiliar administrativa durante seis meses. Concretamente, se dedicó a desarrollar una campaña que buscaba sustituir la kirol txartela por la tarjeta ciudadana. Su retribución se calculó según el convenio de oficinas y despachos de Gipuzkoa.

El Ayuntamiento ejecutaba, de este modo, la decisión tomada por la Junta de Gobierno en enero de 2010. Entonces se decidió que las personas desempleadas que fueran contratadas a través del programa para impulsar el empleo serían retribuidas conforme al convenio colectivo de la actividad que fueran a realizar. Por eso el Consistorio desestimó las reclamaciones de ésta y otras personas contratadas en el mismo programa que reclamaban la retribución habitual del personal municipal.

la sentencia Sin embargo, la sentencia del pasado 28 de julio considera que si la demandante "no hubiera realizado esta tarea, hubiera tenido que hacerla un trabajador del Ayuntamiento de Donostia", por lo que establece que "tiene derecho a que se le abone el trabajo realizado con la misma retribución que percibiría el personal del Ayuntamiento de Donostia que lo hubiera tenido que hacer en caso de no hacerlo ella". El fallo insiste, además, en que de otro modo "se produciría un caso de discriminación", ya que la demandante percibiría "un salario inferior por realizar el mismo trabajo que deberían realizar los trabajadores del Ayuntamiento de Donostia".

"No existe ninguna razón objetiva", según la sentencia, para que a la demandante "se le aplique una norma", el convenio colectivo de oficinas y despachos de Gipuzkoa, "cuando a los trabajadores del Ayuntamiento de Donostia se les aplica una norma específica". "Al realizar el mismo trabajo que un trabajador" del Consistorio, "tiene derecho a percibir el mismo salario", insiste la sentencia.

Así, el juzgado concreta que el Ayuntamiento deberá abonar esa diferencia de un total de 1.737 euros, así como un 10% más en concepto de intereses por mora, a la empleada en cuestión. Además, no cabe interponer ningún recurso en contra de esta decisión.

1.350 personas Tras tener conocimiento de esta sentencia, el sindicato ELA reclama al Ayuntamiento que compense también las diferencias retributivas del resto de los 1.350 trabajadores contratados a través del programa de fomento del empleo, sin que todos ellos tengan que acudir a los juzgados.

Entre todas esas personas había profesionales de diversas categorías y 150 de ellas fueron contratadas como auxiliares administrativas, es decir, en las mismas condiciones que la demandante. Así, si el Ayuntamiento siguiera el criterio de la sentencia con todas, debería abonar casi 2.000 euros más a cada una de ellas.