Donostia. Mikel Astarloza ya conoce la resolución por parte del Tribunal Arbitral del Deporte (TAS) al recurso que interpuso ante el citado organismo tras haber cumplido los dos años de sanción por un presunto positivo por EPO. Este se le habría detectado en junio de 2009, desde cuando el pasaitarra comenzó a cumplir dos años de sanción sin competir. El ciclista guipuzcoano del Euskaltel-Euskadi regresó a las carreteras el pasado verano con motivo de la Vuelta a Burgos, pero siguió adelante con la labor en los juzgados defendiendo su inocencia.

Sin embargo, en el laudo emitido el pasado jueves y firmado por Dirk Reiner Marten, el TAS ratifica la sanción impuesta en su día. El organismo también ratificó la multa de 154.000 euros impuesta por la Federación Española, cuando la UCI exigía aumentarla a 267.000 euros. Lo hacía en base a su legislación particular, según la cual puede reclamarse al ciclista el 70% del salario anual bruto de todos los sancionados por dos años o más (en el caso del pasaitarra, 380.000 euros).

A la hora de justificar su decisión en la parcela económica, el TAS recuerda en su sentencia la elevada cuantía de impuestos que el pasaitarra ha debido satisfacer, "muy superiores al porcentaje estándar del 30% fijado por la UCI. Así, el TAS considera "justa y ecuánime" una sanción algo superior al 40% de los ingresos de Mikel Astarloza.

Por otra parte, el manchego Óscar Sevilla se encuentra a la espera de que el propio TAS tome une decisión sobre el recurso que ha interpuesto, tras la sanción de seis meses que le ha impuesto la Federación Española y que a su vez ha sido recurrida por la UCI, la cual demanda dos años. Sevilla ha dado positivo por éster de almidón, el producto que le ha supuesto al gallego Ezequiel Mosquera una suspensión por espacio de dos temporadas.