donostia - El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) está a punto de dictar sentencia. Si les dan la razón, sus más de 6.000 representados en todo el Estado, entre ellos un buen número de trabajadores del Ayuntamiento de Donostia, podrían pasar a ser fijos de un plumazo. Son empleados que han sufrido “abuso y fraude” en la temporalidad”, aclara. El Parlamento Europeo y la abogada general europea ya se han manifestado en esa línea.

¿Cuándo empieza esta aventura, cómo y cuándo se resolverá?

-La sentencia del TJUE llegará en los próximos meses y resolverá muchas cosas. Esta aventura comienza entre 2014 y 2015, cuando varios interinos se plantean que se están produciendo unos abusos en sus contratos de temporada sucesiva. Algunos llevan 10, 15, 20 y hasta 30 años de servicios continuados en la Administración pública y tratan de buscar una solución a esta situación que es absolutamente anormal y abusiva.

¿Cuál es el argumento que defienden ustedes?

-En la UE hay normas comunitarias que prohíben esta situación de abuso en la contratación temporal sucesiva, entre otras razones porque Europa lo que quiere es un empleo estable, no empleo precario. Y estos trabajadores hasta ahora han estado sujetos a un régimen de despido libre y gratuito; un despido automático, sin preaviso, sin indemnización: se van a la calle absolutamente sin nada, con edades que están entre los 45, 50 o 60 años, y sin posibilidad, por tanto, de encontrar trabajo en esas edades. Contra esto llevo luchando desde 2014 y en España sin ningún éxito.

Y han tenido que acudir a Europa... ¿Se sienten desprotegidos?

-Y además es una desprotección provocada por las administraciones públicas, que no solo incumplen la directiva europea, sino que incumplen también el EBEP (Estatuto Básico del Empleado Público), puesto que la normativa nacional obliga a convocar todos los años todas las plazas vacantes servidas por personal temporal, interino; a incluirlos en oposiciones y OPE, para evitar la temporalidad, precisamente. Pero las administraciones no convocan oposiciones, de manera que eso les permite seguir abusando de los temporales.

¿De cuánta gente hablamos?

-Son porcentajes absolutamente disparados. Barajamos unos 800.000 temporales en España que están en esta situación, pero es que hay servicios donde prácticamente el 100% son temporales. En Euskadi ronda el 40% de los empleados públicos.

¿Ejemplos?

-Uno muy llamativo: Urgencias. El 98%, por ejemplo en Madrid, son temporales. Los médicos que atienden a tu madre o a tu hijo cuando vas a Urgencias son temporales y llevan 15, 20, 30 años..., sin ninguna posibilidad de ser fijos porque no convocan ninguna oposición en 20 años. Lo mismo en Educación. ¿Dónde están los temporales? No están en los centros de las ciudades, donde van los niños sin problemas; están en los extrarradios, con problemas de desestructuración familiar, o en los pueblos lejanos a las ciudades. Ahí están los docentes. A niveles superiores al 50% y hasta el 70%. Y lo mismo sucede en la Administración local. Se utiliza la temporalidad para tapar estos huecos que no quiere el funcionario de carrera.

Y si esto vulnera la directiva europea, ¿por qué la justicia estatal no atiende a sus argumentos?

-Porque la normativa española es absolutamente decimonónica, parte del principio de que solo los funcionarios de carrera y el personal laboral fijo tienen derecho a esa fijeza, porque han superado una oposición. Pero desconoce dos temas fundamentales, que los temporales también superan una oposición o un concurso de méritos para entrar; es decir, para entrar como interino o como temporal, no entran a dedo, sino porque se convocan unas bolsas y acreditan méritos. Los funcionarios de carrera, y yo lo soy, defienden su cortijo; nada más. Pero una oposición no es un fin en sí mismo, sino un medio para acreditar el mérito y la capacidad y eso lo puedes acreditar mediante la prestación de servicios.

¿Y no se libra ninguna Administración de este “abuso”?

-Nadie. No se libra ni el Estado, ni las comunidades autónomas, ni los ayuntamientos; ninguna Administración se libra de este abuso y este fraude en la temporalidad. La ventaja que tenemos es que Europa no quiere esto y precisamente lucha contra ello. Y a través de una directiva, que debería estar traspuesta ya desde el año 2001, lo que persigue precisamente es sancionar estos comportamientos de los empresarios (administraciones empleadoras) que contratan trabajos temporales para desarrollar las funciones que son propias de los fijos.

¿Qué han conseguido hasta ahora?

Hemos conseguido que dos juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid consultasen al tribunal (TJUE) en 2018 si esto que está ocurriendo en España se ajusta o no a la directiva y si, como consecuencia del incumplimiento de esta directiva, por ejemplo, tiene la obligación de sancionar a las administraciones empleadoras con aquello que han tratado de eludir, que es transformar estos empleados en fijos, para la estabilidad en el empleo, imprescindible después de tantos años de trabajo.

¿Por qué están tan solos en esto? Los afectados se quejan de que ni los sindicatos les apoyan.

-Yo creo que hay un conjunto de circunstancias. La primera es que estamos rompiendo una tradición jurídica española de tres siglos. Es decir, hasta ahora, el funcionario de carrera que tiene que superar una oposición era un funcionario de primera; y el funcionario interino era un funcionario de segunda, al que se despreciaba, se les discriminaba en salarios, en puestos de trabajo? Claro, romper una tradición de tres siglos cuesta mucho. Segundo, porque esa tradición estaba consolidada en nuestra propia legislación.

¿Y en nuestra mente?

-El problema es que las administraciones empleadoras han incumplido sus obligaciones de prever los instrumentos necesarios para que los empleados temporales puedan ser funcionarios de carrera. Es que hay administraciones públicas que llevan sin convocar oposiciones 20 años. ¿Cómo quiere usted que sea fijo, si usted nunca me ha dado la oportunidad de ser fijo y me ha tenido 20 años en un régimen de coacción? Aquí hay administraciones empleadoras que abusan de la temporalidad, que no convocan oposiciones todos los años, que mantienen una situación de fraude de abuso a los empleados temporales y resulta que se sanciona a la víctima, al trabajador temporal, con su despido, y no se sanciona a la Administración empleadora responsable de estos abusos. Y es precisamente eso lo que no admite la directiva comunitaria, que dice que, en caso de abuso de temporalidad, la sanción es indispensable. Y la sanción tiene que ir dirigida al causante del abuso. Y tiene que ser efectiva, proporcionada y disuasoria. Y en España, la sanción no puede ser otra que la transformación en fijo de estos funcionarios interinos objeto de un abuso.

¿Y una indemnización?

-No hay ni un solo caso en España, en tres siglos, donde sea indemnizado un funcionario interino en el momento del cese. Ni uno. Luego, si no hay indemnizaciones, lo único que procede es la fijeza, la transformación en fijos.

La sentencia europea está por llegar prácticamente...

-Se celebró la vista oral el 15 de mayo, en octubre la abogada general emitió su informe y solamente queda la sentencia, que tiene que llegar en los próximos meses.

¿A quién afectará esta sentencia? ¿A todos esos 800.000 temporales?

-La sentencia europea solamente se aplica a los que han reclamado. Y a partir de ahí, la solución es muy sencilla. Usted, Administración, cumpla la ley. ¿Y cómo se cumple? Convocando oposiciones todos los años. Plaza vacante que haya, plaza que usted saca al mercado. Eso sí, hay que aclarar que no todos los temporales están en abuso; y por tanto, no todos están en situación de aplicarle la directiva.

¿Algún caso que le haya llamado especialmente la atención?

-Conozco un médico que ha estado en un servicio público de Urgencias trabajando durante un año con 365 contratos: se le contrataba a las nueve de la noche y se le cesaba a las nueve de la mañana del día siguiente. Hay gente que en 20 años nunca ha podido coger las vacaciones en agosto, porque los funcionarios de carrera elegían los primeros y los temporales, los últimos. O la guardias de Navidad o de Nochevieja... han sido todas para ellos, porque los funcionarios de carrera no querían. El abuso lo que genera es este tipo de cosas: las miserias humanas.

¿Por qué ha tardado tanto tiempo en alzar la voz este colectivo?

-Hay muchísimo miedo en la Administración pública. Fíjate, de 800.000 personas, que solo hayan reclamado 6.000 da señal del temor que hay en las administraciones públicas. ¿Qué pensaríamos si esto lo hiciera una empresa privada, que contratara trabajadores y los tuviera 20 años en régimen de temporalidad? Aquí hay gente a la que despiden durante la baja de maternidad o de enfermedad, y además se va a la calle sin indemnización ni nada. Y lo hacen las administraciones públicas, que son las que tienen que dar ejemplo.

¿La aplicación de la sentencia sería inmediata?

-Inmediata y vinculante. Europa no puede permitir que haya un Estado miembro que no aplique sus normas, entre otras cosas, porque no puede ser que un trabajador alemán venga a España y nunca pueda ser fijo en el sector público, por una normativa que lo impide y que un trabajador español se vaya a Alemania y sea fijo a los dos años. Las condiciones de trabajo tienen que ser homogéneas dentro de los estados miembro.