El Tribunal Supremo estudia el 15 de diciembre la petición de repetir el juicio al líder de EH Bildu, Arnaldo Otegi, por el caso Bateragune, tras haber anulado la condena a 6 años y medio de cárcel que se le impuso en 2012 en aplicación de una sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH).

El alto tribunal ha fijado esa fecha para estudiar a puerta cerrada la petición de la Asociación de Víctimas del Terrorismo Verde Esperanza (Voces contra el Terrorismo) para que ordene a la Audiencia Nacional repetir el juicio, una solicitud que apoyó la Fiscalía y a la que se opuso Otegi y los otros cuatro condenados, cuya pena anuló el Supremo hace unos meses.

La Sala estimó entonces sus recursos de revisión a la sentencia dictada por intentar reconstruir Batasuna a través del grupo Bateragune, en virtud de una resolución del TEDH, con sede en Estrasburgo, que condenó a España por la parcialidad de una jueza.

Tanto la asociación como la Fiscalía del Supremo entienden que la consecuencia de la anulación de la sentencia debería ser la celebración de un nuevo juicio en la Audiencia Nacional con un nuevo tribunal. Algo a lo que ya se opuso en otro procedimiento paralelo la propia Audiencia, con el visto bueno del fiscal.

En respuesta a otra petición de esta asociación, la Audiencia consideró "extensiva" la interpretación que había realizado sobre la resolución del Supremo, y señaló que su solicitud no tiene "cobertura legal" porque en todo caso la "legitimación" para efectuarla "corresponde a los ya penados", es decir a Otegi y a los otros cuatro condenados a quienes el TEDH dio la razón.

Otegi y el exdirigente sindical abertzale Rafael Díez Usabiaga fueron condenados por la Audiencia Nacional a 10 años de prisión por pertenencia o integración en organización terrorista y otros tantos de inhabilitación, mientras que al resto -Miren Zabaleta, Sonia Jacinto y Arkaitz Rodríguez- les impuso 8 años de cárcel.

Al revisar la sentencia, el Supremo rebajó las penas a entre 6 y 6 años y medio, un fallo que más tarde avaló el Tribunal Constitucional; no así el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que acabó dando la razón a los condenados al estimar que se vulneró el Convenio Europeo de Derechos Humanos por falta de imparcialidad de una magistrada que les juzgó.

En el origen del recurso al TEDH está la respuesta que dio la magistrada Ángela Murillo cuando Otegi, en la vista de una causa anterior, no quiso contestar si condenaba la violencia: "Ya sabía yo que no me iba a responder a esa pregunta". A lo que Otegi replicó: "Yo también sabía que lo iba a preguntar".

Otegi, que salió de prisión en marzo de 2016, recurrió la parcialidad de Murillo en este juicio, y el Supremo le dio la razón, pero no ocurrió lo mismo con respecto a la recusación de la jueza en la causa de Bateragune.

Para Estrasburgo, aceptar la primera recusación de la jueza por parcialidad contra Otegi en un caso y rechazarla en otro procedimiento diferente contra él solo unos meses después vulneró el Convenio Europeo de Derechos Humanos.