¿La fuerza sin justicia es tiranía?
Descartado el “delito de terrorismo” solicitado por el fiscal, la Sala de Apelaciones de la Audiencia Nacional resuelve mantener la condena fijada por la Sección Primera de dicho Tribunal a los siete jóvenes de la localidad navarra de Altsasu (penas que oscilan de los dos a los trece años de prisión) tras serles aplicado el agravante de “discriminación ideológica”, lo que según fuentes jurídicas “podría indicar el camino a seguir en casos de ataques a juristas o políticos en Cataluña” . En la actualidad, tres de ellos llevan ya casi tres años en prisión incondicional sin sentencia firme tras un altercado con dos miembros de la Guardia Civil y sus parejas que derivó en un parte médico de “lesiones menores” y que en su día fue calificado por el coronel jefe de la Guardia Civil de Navarra como “delitos de odio”, por lo que la reciente sentencia sería, según las mismas fuentes “un auténtico dislate jurídico”, no siendo descartable una nueva reacción de repulsa popular e institucional.
El atestado policial de la noche de autos fue redactado por la Guardia Civil y comunicado simultáneamente a todos los medios de comunicación del statu quo del Estado español y amparado por la “espiral del silencio” de los medios de comunicación de masas del establishment (PRISA, Vocento, Grupo Planeta, Grupo Godó, Grupo Zeta, Editorial Prensa Ibérica, Unidad Editorial, TVE y Mediaset España) consiguió su objetivo de transmitir a la opinión pública la idea de “la pervivencia de ETA en el territorio comanche de Altsasu”. Dicha teoría fue formulada por la politóloga alemana Elisabeth Noelle-Neumann en su libro La espiral del silencio. Opinión pública: nuestra piel social (1977) y simbolizaría “la fórmula de solapamiento cognitivo que instaura la censura a través de una deliberada y sofocante acumulación de mensajes de un solo signo”, (los jóvenes de Alsasua son cachorros de ETA), con lo que se produciría un proceso en espiral o bucle de retroalimentación positiva y se conseguiría fijar en el subconsciente colectivo la idea de que “el caso Altsasu es terrorismo”.
Asimismo, es de aplicación el supuesto IV de la citada Resolución 1900 del Consejo de Europa, que señala que existirían presos políticos si “por motivos políticos, la detención e ingreso en prisión se produzca de manera discriminatoria en comparación con otras personas”, premisas que se cumplirían tras el auto firmado por la Sala 2ª de la Audiencia de Navarra. Dicho auto resuelve mantener en libertad a los cinco miembros de La Manada (condenados a nueve años de prisión y sin sentencia firme) al argumentar que “lo que en ningún caso puede perseguirse con la prisión provisional son fines punitivos o de anticipación de la pena con el atenuante de haber pasado en prisión provisional cerca de dos años” y concluye con “la aplicación del principio favor libertatis (a favor de la libertad) que “impele a la elección y aplicación de la norma menos restrictiva de la libertad”, lo que confirmaría el aforismo de Blaise Pascal: “La Justicia sin la fuerza es impotente; la fuerza sin justicia es tiranía”.