Un hombre ha sido condenado a siete años de cárcel por intentar matar a cuchilladas la madrugada del 18 de julio de 2023 en Pasai Antxo a otro varón al que abordó sorpresivamente en la Avenida de Navarra y comenzó a asestarle puñaladas en el torso.
Según recoge la sentencia del caso, a la que ha tenido acceso EFE, aquella noche el perjudicado caminaba por la calle junto a un amigo cuando el procesado "se abalanzó directamente sobre él" y empezó a apuñalarlo con dos cuchillos de grandes dimensiones que portaba en cada mano.
El agresor había robado los cuchillos media hora antes en la vivienda de su exesposa, donde había prendido fuego a algunos objetos de la casa, lo que causó un incendio que fue rápidamente apagado por la mujer, según informó en su momento la Ertzaintza.
Trató de defenderse
La resolución judicial aclara ahora que, tras ser atacado, el varón trató sin éxito de defenderse y repeler el ataque. No obstante, el agresor "no logró su propósito criminal al intervenir terceras personas y recibir asistencia sanitaria de forma prácticamente inmediata, lo que impidió el fatal resultado".
Durante el juicio, el hombre que acompañaba a la víctima relató que, al ver al procesado acometiendo a su amigo "sin provocación previa", le tiró encima una bicicleta para intentar que cesara en sus acometidas, al tiempo que intentaba pedir ayuda a una ambulancia que circunstancialmente pasaba por allí.
Por su parte, los dos sanitarios, que trasladaban en este vehículo a una mujer junto a su hijo enfermo, explicaron durante la vista que al principio pensaron que se trataba de un accidente de tráfico, si bien luego el conductor vio a una persona sobre otra apuñalándola e intentó maniobrar con la furgoneta para impedirlo, al tiempo que accionaba las sirenas y solicitaba ayuda a la Ertzaintza.
Seguidamente, los sanitarios atendieron al perjudicado, quien presentaba al menos una herida penetrante en el tórax, hasta la llegada de otro vehículo dotado de soporte vital básico.
La sentencia del caso reconoce ahora que el acusado actuó "afectado por un trastorno por consumo de múltiples tóxicos y por un trastorno psicótico no especificado de entidad leve-moderada, lo que asociado a sus rasgos disfuncionales de personalidad", especialmente una elevada impulsividad y una escasa empatía, "le provocó una limitación moderada de sus facultades intelectivas y volitivas".
La Sección Tercera de la Audiencia de Gipuzkoa considera así al imputado responsable de un delito de homicidio en grado de tentativa con la atenuante simple de haber actuado con sus facultades intelectivo-volitivas moderadamente limitadas.
El tribunal desestima de esta manera la petición de la defensa de aplicar a su cliente una eximente completa o incompleta de anomalía o alteración psíquica, al entender que no existe ninguna prueba que "permita concluir una anulación o abolición total y absoluta de las facultades de comprender o de actuar" del procesado o siquiera de que las tuviera "muy gravemente afectadas".
Libertad vigilada
Por todo ello, junto a la citada pena de cárcel, el tribunal le impone también una medida de libertad vigilada de cinco años durante los que deberá seguir un tratamiento tras ser excarcelado.
Asimismo, no podrá acercarse a su víctima ni comunicarse con ella durante ocho años y deberá compensarla con 6.419 euros más los correspondientes intereses legales.
No obstante, la sentencia no es firme, ya que la defensa ha presentado un recurso ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) al entender que la resolución "incurre en un patente y manifiesto error en la apreciación de la prueba practicada" durante el juicio.