El Supremo anula la sentencia del TSJPV que instaba al Ayuntamiento de Donostia a proteger los Cuarteles de Loiola
Considera que la sentencia recurrida por Vox y ahora anulada "invade la competencia municipal" para la elaboración y aprobación del planeamiento urbanístico
El Tribunal Supremo (TS) ha estimado los recursos de casación interpuestos por el Ayuntamiento de Donostia y el Abogado del Estado contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) que estimó en parte la demanda interpuesta por Vox para proteger los Cuarteles de Loyola en el Plan Especial de Protección del Patrimonio Construido de la capital guipuzcoana, la cual anula.
1.700 viviendas protegidas
En la sentencia del TS, fechada el pasado 7 de julio, se desestima así la pretensión de Vox de incluir como edificios protegidos los citados Cuarteles, donde se prevé un desarrollo urbanístico con 1.700 viviendas protegidas.
"Invade la competencia municipal"
El TS considera que la sentencia recurrida y ahora anulada "invade la competencia municipal" para la elaboración y aprobación del planeamiento urbanístico, así como "la competencia de la Administración General del Estado".
Anula la sentencia
El tribunal en su fallo estima así los recursos de casación interpuestos por las representaciones del Ayuntamiento de Donostia y el Abogado del Estado y anula la sentencia del TSJPV que daba la razón a Vox y requería al Consistorio donostiarra que incluyera a los Cuarteles de Loyola como protegidos en el PEPPUC.
Además, retrotrae el procedimiento de primera instancia hasta el trámite en que debió emplazarse en calidad de demandado al Abogado del Estado, a fin de que, "tras realizarse el emplazamiento, prosiga el proceso por sus trámites". El Tribunal no impone las costas procesales de la primera instancia ni de este recurso de casación.