La sección segunda de la Audiencia Provincial de Ourense ha absuelto de los delitos de homicidio consumado y de homicidio por comisión por omisión al acusado de la muerte de la ourensana Nerea Añel, a pesar del veredicto de culpabilidad emitido por el jurado popular, argumentando que los hechos probados no permiten incluir esta conducta en los tipos penales que se le atribuían.

En concreto, la sentencia apunta que las conductas consideradas probadas del acusado, según dice el jurado popular en su veredicto de culpabilidad, no pueden incluirse en el tipo penal de homicidio consumado ni en el de homicidio por comisión por omisión que mantuvo Fiscalía en sus conclusiones definitivas.

En particular, apunta que el tribunal de jurado reconoce en el veredicto que "no hay suficiente prueba" de que la joven se hubiese podido salvar con una intervención médica inmediata, y que el procesado "no crea la situación de riesgo" previa a las lesiones, dado que la caída de la joven pudo ser fortuita.

Por ello, los actos no se incluirían en el tipo penal de homicidio, dice el magistrado, que advierte de que el Ministerio Público "no interesó una calificación subsidiaria o alternativa que configurara la conducta del acusado como autor de un delito de omisión del deber de socorro, por lo que no se analiza su concurrencia".