Los médicos y enfermeras de Osakidetza podrán registrar el documento de voluntades anticipadas
En el llamado testamento vital los ciudadanos planifican los cuidados de salud que desean recibir o rechazar en el futuro, en particular para el momento en que no sea capaz de tomar decisiones por sí mismo
El personal médico y de enfermería de la red sanitaria pública vasca podrá registrar el documento de voluntades anticipadas, en el que la persona planifica los cuidados de salud que desea recibir o rechazar en el futuro, en particular para el momento en que no sea capaz de tomar decisiones por sí mismo.
El Consejo de Gobierno vasco ha modificado el decreto que regula el registro vasco de voluntades anticipadas -también llamado testamento vital- para responder al incremento de la demanda y agilizar los plazos.
Así, se amplía el número de personas que pueden ocupar la figura de encargados para la formalización del documento, habilitando a los profesionales sanitarios, personal médico y de enfermería de la red sanitaria asistencial pública para dicha función. Será voluntario, es decir, solo se habilitará a los profesionales que así lo deseen.
Esta medida responde al incremento de la demanda del ejercicio del derecho a formalizar el otorgamiento del documento de voluntades anticipadas en Euskadi.
La cifra de documentos de voluntades anticipadas registradas en Euskadi se sitúa en torno a 50.000, de las cuales más de 9.000 corresponden al 2023.
En un solo año, el número de inscripciones realizadas se ha incrementado un 40 % (cerca de 5.300 documentos registrados en 2022).
Para poner en práctica la nueva medida, el Departamento de Salud del Gobierno Vasco facilitará medios electrónicos para que todo el personal médico y de enfermería que esté interesado pueda solicitar su inscripción en la relación de personas habilitadas como personas encargadas del Registro Vasco de Voluntades Anticipadas.
La medida se ha tomado porque se considera que los colectivos de personal médico y de enfermería poseen un vínculo directo con los pacientes y conocimiento apropiado para asesorar, desde la confianza, sobre la planificación anticipada de cuidados sanitarios.
Siguen vigentes los métodos habilitados para la elaboración de estos documentos, es decir, ante notario, ante la persona encargada del Registro vasco de Voluntades Anticipadas o bien ante tres personas testigos.
Otra de las novedades que incorpora el nuevo decreto se circunscribe al ámbito de aplicación, que se amplía a todas las personas usuarias del Sistema Sanitario Vasco, en lugar de limitarlo únicamente a los residentes en Euskadi, como hasta ahora.
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