Son la primera línea de defensa de los ciudadanos, la maquinaria que garantiza que nadie, por razón económica o de otra índole, quede apartado de la tutela judicial efectiva. Una labor que ejercen 601 abogados adscritos al turno de oficio en Gipuzkoa, y que, con frecuencia, también presenta su cara amarga. De hecho, “cada vez se registran más episodios de agresiones por parte de clientes”, según confirma a este periódico Gerardo López Sánchez-Sarachaga, decano del Colegio de Abogados de Gipuzkoa.
Las amenazas, agresiones, persecuciones y episodios de acoso pueden sufrirlos tanto los profesionales de oficio como los abogados particulares, pero es en el ámbito del turno de oficio donde la vulnerabilidad es más patente. “Hemos conocido desde un compañero a quien el cliente intentó envenenar con el café, hasta una abogada más cercana que ha sufrido acoso y constantes amenazas”, revelan a este periódico las letradas donostiarras Marian Salamero y Mari Paz Sa Casado.
Se trata de una realidad cotidiana que convierte en víctimas a los propios defensores, algo bien conocido en el seno de esta profesión, y que esta semana ha saltado a la opinión pública tras la difusión de un auto pionero de la Audiencia de Gipuzkoa en relación a un caso que ha sido impulsado por ambas abogadas.
El fallo señala que la actividad de los letrados de oficio “participa del ejercicio de funciones públicas”. Es lo que reclaman estas letradas, una cobertura similar a la que pueden tener sanitarios o docentes. Partiendo de esa base, un tortazo por parte de un cliente “podría ser constitutivo de un delito de atentado a la autoridad”, como vienen reclamando.
Golpeado en comisaría
Agresiones que no son capítulos aislados, insisten las profesionales. Ocurrió hace dos semanas en una comisaría de Bilbao. Se trata de uno de las últimas agresiones que ha trascendido en Euskadi, donde un abogado del turno de oficio fue golpeado por su cliente en comisaria en un caso de violencia de género.
Los letrados piden más seguridad. “Cada vez es más frecuente que soliciten amparo al Colegio por conflictos protagonizados por sus clientes. Uno puede discrepar de la estrategia de defensa, pero estos hechos no están de ningún modo justificados”, defiende López Sánchez-Sarachaga, para quien el auto de la Sección Tercera de la Audiencia de Gipuzkoa “ha abierto una brecha” hasta ahora inexistente, si bien pide “cautela” al tratarse por el momento de la revocación de un auto de sobreseimiento, “por lo que veremos si hay sentencia condenatoria”.
Por lo pronto, la resolución es "importantísima" y hasta el momento "única" en el Estado, en palabras de Salamero y Sa Casado, que llevan adelante el caso tras la denuncia por agresión presentada por uno de sus compañeros, tal y como ha difundido esta semana la agencia efe.
Los hechos se remontan al 17 de junio de 2022, cuando un abogado de oficio denunció haber sido agredido por un cliente en una calle de Donostia. Una vez hecho público el caso, las abogadas muestran su satisfacción porque esta misma semana el Consejo General de la Abogacía Española, que agrupa a los colegios profesionales de profesionales de todo el Estado, “se ha hecho eco de la reclamación”, publicando el fallo en su portal web.
En Gipuzkoa son 601 los abogados adscritos al Turno de Oficio, que atendieron 10.993 asuntos durante el año pasado, superando en casi un millar las cifras de 2021, que dejó 9.814 expedientes. En su ejercicio profesional, se exponen diariamente a múltiples situaciones de conflicto con clientes.
El partido judicial de Donostia encabeza la lista de asuntos tratados, con 6.723 casos; seguido por el de Irun (1.413); el de Tolosa (1.004), y los de Bergara, Azpeitia y Eibar. La cifra de asistencias letradas en sede judicial o policial ascendió el año pasado a 10.090 en territorio guipuzcoano, frente a los 9.174 de 2021. La suma de los casos atendidos asciende a 21.083 intervenciones, lo que supone un incremento del 10% respecto a 2021.
Asistir “al enemigo” en el campo de batalla
Dada la especialidad del mandato del turno de oficio, sea cual sea la circunstancia, el abogado no puede renunciar y debe continuar con la defensa que le fue encomendada, hasta que finalice la instancia. El turno de oficio en la abogacía hay quien lo compara con el médico, moral y deontológicamente obligado a asistir “al enemigo” en el campo de batalla.
De alguna manera, el respeto por la vida se antepone a cualquier circunstancia. “A pesar de las circunstancias, no se puede prescindir del cliente salvo que exista una denuncia penal por lesiones”, indica Sa Casado. En el caso del abogado agredido en Donostia, el juzgado de instrucción archivó la causa al entender que no había quedado “debidamente justificada” la perpetración de delito alguno, porque el informe de sanidad no reflejaba que hubiera sufrido lesiones.
Las abogadas donostiarras apelaron entonces ante la Sección Tercera de la Audiencia de Gipuzkoa, que en un auto ha ordenado la reapertura del caso, al entender que “el ejercicio de la abogacía de oficio participa de funciones públicas”. Letrados y letradas, recuerda el Ministerio Público, son “profesionales que cooperan con la Administración de Justicia, cuya actuación es imprescindible para la existencia de una tutela judicial efectiva”.
López de Sarachaga lamenta que, en los términos planteados, solo se abra la puerta a considerar agentes de la autoridad a los letrados del turno de oficio, “dejando a un lado a los particulares”. Las letradas donostiarras señalan que “en realidad se trata de abrir la puerta, pero una vez reconocida esa figura, debería aceptarse ser con carácter general, tanto a letrados de turno de oficio como particulares. ¿Acaso se hacen distinciones a la hora de prestar protección entre profesores o sanitarios de la red pública y privada?”, se preguntan.
López de Sarachaga defiende, en todo caso, que la vía que puede sentar la base del cambio normativo sería, en la medida en “somos un operador jurídico”, una reforma del Código Penal en el capítulo de delitos contra la Administración de Justicia.
El decano del Colegio de Abogados de Gipuzkoa valora la “sensibilidad” que ha mostrado la Audiencia de Gipuzkoa en esta cuestión. Subraya como “relevante” el posicionamiento del Ministerio Fiscal. La resolución constata también que del informe de asistencia al agredido sí se desprende "la existencia de indicios de la comisión de un delito, cuando menos leve, de maltrato".
En este asunto ha resultado especialmente relevante la posición de la Fiscalía, que ha entendido que "recibir un tortazo por parte de un cliente siendo abogado de oficio podría ser constitutivo de un delito de atentado a la autoridad".