La Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual, conocida como ley del solo sí es sí, que elimina la distinción entre abuso y agresión y regula la necesidad del consentimiento expreso, entrará en vigor dentro de 30 días tras su publicación de ayer en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

El BOE, no obstante, fija distintos plazos para aplicar algunas de las medidas y reformas legales que incorpora esta ley orgánica, como la del Código Penal para cambiar la forma en que se juzgan los delitos sexuales, la especialización en violencia sexual de la Fiscalía y los jueces o la asistencia jurídica gratuita a las víctimas.

Con la nueva ley, el consentimiento expreso pasará a ser la pieza clave para juzgar los delitos sexuales y se define de la siguiente manera: “Solo se entenderá que hay consentimiento cuando se haya manifestado libremente, mediante actos que, en atención a las circunstancias del caso, expresen de manera clara la voluntad de la persona”.

Por tanto, las víctimas ya no tendrán que acreditar que han sufrido violencia o que se han resistido. Todo acto sexual sin consentimiento será agresión y se eliminarán los abusos sexuales del Código Penal.

EN SEIS MESES

Hay ciertos aspectos de la ley que entrarán en vigor dentro de un plazo de seis meses, entre los que destacan el derecho a la asistencia integral especializada y accesible, con información y orientación a las víctimas, atención médica y psicológica, asistencia jurídica gratuita, seguimiento de sus reclamaciones, servicios de traducción y asistencia especializada en caso de mujeres con discapacidad y menores.

Asimismo, los “centros de crisis”, como servicios públicos de atención permanente para víctimas de violencias sexuales, sus familiares y personas del entorno, así como los servicios de asistencia integral a víctimas de trata y explotación sexual como recursos específicos para dar respuesta a este perfil de víctimas con necesidades específicas.

La implementación de la “Casa de Niños y Niñas” sitúa en el centro de la intervención al menor víctima de violencias sexuales y permite ofrecer mayores garantías de obtener un testimonio en condiciones de seguridad y tranquilidad.

También figura la especialización en violencia sexual de las unidades de valoración forense integral que asisten a los Juzgados de Violencia sobre la Mujer y las medidas judiciales de protección y acompañamiento reforzado para las víctimas, así como sobre protección de datos y limitación a la publicidad.

Lo referido a la protección frente a las violencias sexuales de las mujeres españolas en el exterior, también entrará en vigor en este plazo. Además, se sumarán las ayudas a las víctimas de delitos violentos y contra la libertad sexual.

PLAZO DE UN AÑO

Así, en un plazo de un año desde la entrada en vigor de la ley se regularán los equipos técnicos adscritos a los juzgados de violencia sobre la mujer y su acceso con los criterios de especialización y formación recogidos en la ley. También se remitirá la reforma para garantizar asistencia jurídica gratuita a las víctimas de violencias sexuales, entre otras medidas contempladas. – NTM

El apunte

l Un año de trámites. La ley estará vigente tras un año de trámites legislativos y como medidas más relevantes elimina la distinción entre agresión y abuso sexual y sitúa el consentimiento en el centro.

l Consentimiento. A partir de la entrada en vigor de la norma, se considerarán violencias sexuales los actos de naturaleza sexual no consentidos o que condicionan el libre desarrollo de la vida sexual en cualquier ámbito público o privado, lo que incluye la agresión y el acoso sexual y la explotación de la prostitución ajena.