¿Cómo y cuándo hay que llevar mascarilla?
No llevar mascarilla o llevarla mal puede ser sancionado con 100 euros de multa
En la CAV entra en vigor este jueves la obligación de llevar mascarilla casi todo el rato, pero ¿qué dice la orden del Departamento de Salud? ¿Se puede no llevar mascarilla al hacer deporte? Y en el centro de trabajo, ¿es necesaria en todo momento?
Uso cotidiano
La orden pretende que la mascarilla sea de uso cotidiano. Y será obligatoria tanto en núcleos rurales como urbanos aunque se cumpla la distancia de seguridad de metro y medio.
En el trabajo
También en el trabajo ya que especifica que es obligatoria siempre que se esté en espacios cerrados de uso público o que se encuentren abiertos al público, y se pueda concurrir en el mismo espacio con otras personas, independientemente de su superficie. Es decir, solo se podría estar en el trabajo sin la mascarilla si se trabaja solo.
Hostelería
Las mascarillas deben usarse en todos los locales de hostelería y en txokos o sociedades gastronómicas, en los que solamente puede prescindirse de ella para hacer las consumiciones, y para beber y comer.
10 personas
La ocupación máxima en las mesas será de diez personas y no se concederán nuevas ampliaciones de horario a los establecimientos con motivo de fiestas u otros acontecimientos sociales. Ni en el interior ni en el exterior (terrazas) del establecimiento podrá haber más personas.
¿Bodas?
Se permite la celebración de cocktails y buffets en grupos de un máximo de 25 personas. En todo caso, deberá asegurarse que se mantiene la debida distancia de seguridad interpersonal entre clientes, tanto en mesas como en barra del interior del establecimiento, así como en el exterior de dichos establecimientos.
Baño
El tapabocas es imprescindible en playas y piscinas y únicamente no será exigible su uso durante el baño y mientras se permanezca tomando el sol en un espacio determinado, siempre y cuando se pueda respetar la distancia de seguridad interpersonal entre los usuarios.
Sin lonjas
En el nuevo decreto publicado ayer se prohibe toda actividad en lonjas juveniles y locales de características similares "mientras dure la situación actual". De hecho, el consumo colectivo o en grupo, de bebidas en la calle o en espacios públicos ajeno a los establecimientos de hostelería o similares, será considerado como situación de insalubridad.
Ejercicio físico
No se exige pero sí se recomienda mascarilla. Por tanto, no será obligatoria en la actividad deportiva individual al aire libre ni en la actividad física aunque sí resulta aconsejable.
¿Quiénes están exentos? Solo podrán circular por la vía pública sin mascarilla los menores de seis años, personas que tengan alguna enfermedad respiratoria, gente con alguna dependencia o discapacidad que no disponga de autonomía para quitarse la mascarilla o que presenten alteraciones de conducta.
Nekane Murga desaconsejó ayer el uso de mascarillas exhalatorias, es decir las que llevan válvula respiratoria, excepto para los profesionales que la precisen. Frente al mal uso de las protecciones, señaló que su utilización debe ser adecuada y rigurosa. "Es decir, cubriendo desde la parte media del tabique nasalhasta el mentón incluido".
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