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Ayudas de 1.500 euros para los inquilinos de vivienda libre

Deberán acreditar que sus ingresos anuales no superan los 39.000 euros

Ayudas de 1.500 euros para los inquilinos de vivienda libre

- Los inquilinos de viviendas libres de Euskadi que se encuentren en situación de vulnerabilidad económica a causa de la crisis por la pandemia de coronavirus podrán optar a ayudas para el pago de parte del alquiler por un importe máximo de 1.500 euros durante seis meses.

El Consejo de Gobierno Vasco aprobó ayer la orden que regula estas ayudas directas que se podrán tramitar a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, probablemente desde la próxima semana.

El consejero de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda, Iñaki Arriola, explicó durante la rueda de prensa posterior al Consejo las líneas generales de esta convocatoria, que tiene un presupuesto de 15,5 millones de euros, una ayudas que, según precisó, no serán compatibles con el resto de subvenciones públicas destinadas al mismo fin.

El consejero estima que podrían beneficiarse de esta medida unos 10.000 hogares.

La cuantía de la ayuda ascenderá a 250 euros mensuales y se aplicará durante seis meses, entre abril y septiembre, si persiste la situación de vulnerabilidad del solicitante, aunque existen excepciones para los más afectados, que pueden llegar a doce mensualidades.

Podrán beneficiarse los inquilinos de viviendas libres que se queden en paro o estén afectados por un ERTE como consecuencia de la crisis provocada por la pandemia, así como los trabajadores autónomos y empresarios que sufran una caída sustancial de sus ingresos o ventas superior al 40%.

Según explicó el consejero, el principal requisito para acceder a la ayuda es contar con un contrato de alquiler suscrito antes de la declaración del estado de alarma y no poseer otra vivienda.

Además, los ingresos anuales ponderados de la unidad familiar no podrán superar los 39.000 euros en el último ejercicio fiscal, que es la cantidad máxima para acceder a una Vivienda de Protección Oficial, y los beneficiarios no podrán disponer de un patrimonio superior a los 50.000 euros.

Otra de las condiciones es que el importe de la renta, de los gastos de comunidad y de los suministros básicos supere el 30% de los ingresos disponibles en ese momento.

La orden extiende las ayudas de este programa a las personas que sean víctimas de violencia de género, sean objeto de desahucios, no tengan hogar o sean especialmente vulnerables y que hayan sido valoradas como tal por los servicios sociales de base municipales. En estos casos la cuantía total de la ayuda podrá alcanzar los 3.000 euros, distribuidos en doce mensualidades.

Arriola aclaró que la tramitación se realizará preferentemente de forma telemática a través de la web euskadi.eus y de la de la sociedad pública Alokabide, alokabide.euskadi.eus.

La solicitud de ayuda irá acompañada de una declaración responsable sobre el cumplimiento de los requisitos exigidos y de la documentación acreditativa de los ingresos.

Contrato. Debe de haberse suscrito antes del estado de alarma y no poseer otra vivienda.

Ingresos. Los ingresos anuales ponderados de la familia no deben de superar los 39.000 euros en el último ejercicio fiscal y el patrimonio no debe superar los 50.000 euros.

Importe. El importe de la renta más los gastos de comunidad debe superar el 30% de los ingresos disponibles.

Alquiler. El importe del alquiler mensual no debe exceder 1,5 veces la renta media atribuible al ámbito territorial donde se halle.

Seis meses. La cuantía de la ayuda será de 250 euros mensuales de abril a septiembre. El importe total podrá ser de 1.500 euros.