Alejamiento para ‘La Manada’ de la víctima de abusos en Pozoblanco
La juez prohíbe a cuatro condenados que se acerquen a menos de 500 metros de la denunciante
CÓRDOBA - El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Pozoblanco (Córdoba), que investiga a cuatro miembros de La Manada por los supuestos abusos sexuales cometidos sobre una joven de 21 años (todos menos Ángel Boza Florido), ha dictado un auto en el que impone a los cuatro investigados la prohibición de acercarse a menos de 500 metros de la denunciante y de comunicarse por cualquier medio con ella.
Según informó el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), la juez ha tomado esta decisión después de que la Audiencia Provincial de Navarra los haya dejado en libertad provisional bajo fianza de 6.000 euros, tras ser condenados a nueve años de cárcel por abuso sexual a otra joven en los sanfermines de 2016.
Al respecto, la juez ha acordado recientemente prorrogar unos meses la causa que ya declaró “compleja” sobre los cuatro investigados por los supuestos abusos sexuales a una joven de 21 años en mayo de 2016, meses antes de que cometieran en Pamplona los abusos por los que han sido condenados a nueve años de cárcel. En concreto, según detallaron fuentes judiciales, la juez declaró la causa “compleja” hace meses y hace días acordó prorrogarla, al tiempo que los cuatro investigados en este caso recurrieron dicha decisión. La instrucción continúa pendiente de distintas diligencias.
La joven que denunció los abusos sexuales que presuntamente cometieron sobre ella cuatro de los cinco jóvenes condenados a nueve años de prisión por abuso sexual sobre una mujer en los sanfermines de Pamplona declaró de nuevo a finales de mayo ante la juez. Al hilo de ello, el abogado de la defensa Agustín Martínez expuso que “el único objetivo, visto el resultado de la sentencia de Pamplona, era matizar que efectivamente no había dado autorización expresa para la grabación y distribución del vídeo” que se encuentra en el sumario del caso, “algo que ya había manifestado, pero ha querido recalcar” la joven.
En este causa, a principios de febrero, tres de los cuatro jóvenes investigados por estos hechos ocurridos en el vehículo de uno de ellos, tras acudir a la feria del municipio cordobés de Torrecampo, se acogieron a su derecho a no declarar en relación al vídeo que grabaron en el coche.
En cuanto a la calificación jurídica de los hechos, el juez estima que con arreglo al artículo 181 del Código Penal “se consideran abusos sexuales no consentidos los que se ejecuten sobre personas que se hallen privadas de sentido o de cuyo trastorno mental se abusare, así como los que se cometan anulando la voluntad de la víctima mediante el uso de fármacos, drogas o cualquier otra sustancia natural o química idónea a tal efecto”. - Efe/E.P.
Responsabilidad de expresión. La presidenta del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género, Ángeles Carmona, apeló ayer a la “responsabilidad de expresión” ante la posibilidad de que La Manada sea entrevistada en televisión y dijo que le parecería “imposible” la intervención de un juzgado para prohibir la emisión.
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