Fallan a favor de Stop Desahucios en una ejecución en Donostia
La audiencia provincial considera que kutxa carecía de legitimación activa en el caso Declara la nulidad de lo ejecutado hasta ahora y retrotrae las actuaciones al momento en que se presentó el lanzamiento
Donostia. La Audiencia de Gipuzkoa ha estimado los argumentos de la abogada de la plataforma Stop Desahucios en un proceso de ejecución hipotecaria de un local habilitado como vivienda en Donostia, al entender que la entidad Kutxa carecía de "legitimación activa" en el asunto.
La Sección Segunda de la Audiencia aprecia el recurso de la plataforma contra un auto de un Juzgado donostiarra de Primera Instancia, al entender que el 18 de enero de 2012 Kutxa no tenía legitimidad activa para -tras adjudicarse el local por 68.000 euros- continuar con la ejecución hipotecaria, dado que desde el 1 de enero de aquel año Kutxabank había "absorbido todo el negocio financiero de las cajas vascas fusionadas".
El afectado es el jubilado Iñaki González, residente en el barrio donostiarra de Herrera, quien en 2008 compró un local cercano a su domicilio para reformarlo con el objeto de hacer en él una vivienda para uno de sus hijos. Con este fin, solicitó una hipoteca de 80.000 euros a la Kutxa de Gipuzkoa, actualmente integrada en Kutxabank, que tasó el local en 113.000 euros.
Sin embargo, no pudo hacer frente a los pagos de la hipoteca por lo que Kutxa se adjudicó el local por 68.000 euros, el 60% del valor inicial de tasación.
A pesar de que entregó las llaves del inmueble a la caja, esta le reclamó 12.000 euros en concepto de intereses vencidos y 23.000 más por intereses y costas judiciales, una cantidad que al jubilado, que cobraba una pensión de 417 euros, le fue imposible pagar.
Ante esta situación, el 18 de enero de 2012, Kutxa solicitó la continuación de la ejecución sobre el resto de bienes de González para cubrir la totalidad de las sumas adeudadas, pero para entonces Kutxabank ya había adquirido en bloque el patrimonio segregado de las tres cajas fusionadas.
Por este motivo, la Audiencia de Gipuzkoa pone ahora de relieve en un nuevo auto "la falta de personación en el procedimiento" de Kutxabank, que desde el 1 de enero de 2012 es la entidad "titular del derecho que fundamenta la continuación de la ejecución" lo que conllevó también la "falta de legitimación ad processum de Kutxa".
Por este motivo la Sección Segunda estima el recurso presentado por Stop Desahucios, declara la nulidad de lo actuado hasta ahora y retrotrae las actuaciones al momento en el que se presentó la continuación de la ejecución, a fin de que formule dicha solicitud quien ostenta la condición de parte acreedora o titular del crédito, acreditando previamente su subrogación en los derechos y acciones que correspondían a Kutxa hasta el 1 de enero de 2012".
En un comunicado, la plataforma Stop Desahucios expresó su satisfacción por esta resolución.