La Audiencia Nacional ha anulado la primera sentencia del caso Tándem que condenó a 19 años de cárcel al excomisario José Manuel Villarejo por obtener información sensible de terceras personas, y ha ordenado al tribunal que le juzgó a dictar una nueva sentencia.

Aunque la Sala de Apelación avala la investigación y deja claro que no se trata de una causa "general" contra Villarejo, considera que la sección cuarta de lo Penal, que fue la que sentó en el banquillo al excomisario y a otros 26 acusados, no tuvo en cuenta todas las pruebas que se presentaron en el juicio, y le insta a que rehaga la sentencia y se pronuncie sobre todos los delitos por los que se acusaba.

Lo hace en una sentencia dictada este martes, el mismo día que se ha conocido que la misma sección -encargada de enjuiciar todas las piezas del extenso procedimiento- ha condenado a Villarejo a tres años y un día de cárcel por cohecho por otro de sus encargos: la investigación a un árbitro del laudo entre el grupo Planeta y Kiss FM.

La resolución de la Sala de Apelación, que supone un vuelco para la primera sentencia contra el excomisario, estima parcialmente los recursos de las acusaciones, entre ellas la Fiscalía Anticorrupción, que pedía elevar la pena de Villarejo y condenarle también por el cohecho que el tribunal no vio, y de varios acusados.

El delito de cohecho, a examen

El tribunal que juzgó a Villarejo, en contra del criterio de una jueza, absolvió al excomisario de cohecho al estimar que los proyectos que realizó -denominados Iron, Land y Pintor- no fueron en el ejercicio de su cargo ni guardaban relación con su actividad de comisario; los clientes conocían su profesión -sostenía la sentencia-, pero le contrataron por su entramado empresarial y sus contactos.

Aunque la Sala de Apelación no entra a dirimir si Villarejo -que estuvo en prisión preventiva más de tres años- incurrió en cohecho, sí explica, al consultar la jurisprudencia, que este delito quedaría consumado con la solicitud u ofrecimiento de una dádiva sin necesidad de que se produzca el resultado o se ejecute el encargo, dado que desde ese momento queda perjudicada la administración.

Al estimar el recurso de la Fiscalía, la Sala deja paso a los magistrados que juzgaron a Villarejo para que valoren todas las pruebas y decidan si se dan los requisitos del cohecho.

De ese pronunciamiento dependerá la valoración sobre si están o no prescritos algunos delitos; el tribunal que juzgó el caso lo rechazó al computar el plazo del delito de cohecho, más amplio que los otros, si bien la Sala de Apelación establece que, para determinar la prescripción, no se pueden tener en cuenta los delitos que no se han considerado acreditados.

Otros aspectos que los magistrados deberán valorar son los delitos de conspiración para la extorsión o la obstrucción a la Justicia; la falta de motivación de las indemnizaciones acordadas, la cuota diaria de multa y algunas contradicciones detectadas.

No hay ningún complot contra Villarejo

Pese a anular la sentencia, la Sala de Apelación ha avalado la investigación realizada y ha rechazado que se hayan vulnerado los derechos fundamentales de los acusados o que haya existido un supuesto complot para perseguir al excomisario, como éste alegó.

Niega que haya habido irregularidades en el origen de la causa -la llegada de información a Fiscalía a través de una denuncia considerada anónima-, ni en las diligencias efectuadas, como las entradas y registro o la cadena de custodia, ampliamente cuestionada por las defensas.

Rechaza, por tanto, la nulidad de todas las actuaciones por supuestos fines espurios y valida la denuncia anónima como forma de hacer llegar la información a la Fiscalía.

Once condenados y dieciséis absueltos

La sentencia ahora anulada condenó a Villarejo a 19 años de cárcel por delitos de revelación de secretos y falsedad documental, y le absolvió de cohecho y extorsión. Junto a él se sentaron en el banquillo otras 26 personas, incluido el considerado su socio, Rafael Redondo, condenado a trece años de prisión.

Villarejo, para quien la Fiscalía pidió en un principio más de 100 años de cárcel, no entró en prisión tras la condena, al estar recurrida y no contemplar el tribunal riesgo de fuga.

Otras nueve personas fueron condenadas a penas de entre tres meses y dos años, y 16 fueron absueltas, entre ellas la mujer y el hijo de Villarejo y varios policías.

Se juzgaron tres encargos a Villarejo: Iron -un presunto espionaje de un despacho de abogados a otro de la competencia-, Land -en torno a la disputa familiar entre las herederas de la urbanización de lujo La Finca, en Pozuelo de Alarcón (Madrid)-, y Pintor -otro espionaje que habrían encargado unos empresarios, entre ellos Juan Muñoz, marido de Ana Rosa Quintana.

Condena de 3 años por cohecho

Por otra parte, la Audiencia Nacional ha condenado a tres años y un día de cárcel por un delito de cohecho pasivo al comisario jubilado por haber investigado de forma irregular a principios de 2014 y por encargo de Planeta, a uno de los árbitros del laudo entre este grupo de comunicación y Kiss FM.

En su sentencia, la tercera que se dicta por el llamado caso Tándem y la primera que condena a Villarejo por cohecho, la sección cuarta de lo Penal absuelve por contra al responsable de Seguridad de Planeta y al director de los Servicios Jurídicos, Antonio López López y Luis Elías Viñeta, respectivamente, y condena también a la misma pena que a Villarejo al policía Antonio Giménez Raso.

La presidenta del tribunal, Ángela Murillo, ha emitido por su parte un voto particular discrepante con la condena por el delito de cohecho pasivo, al considerar que los hechos en todo caso debían ser tipificados como estafa y no como cohecho.

Por esta pieza del caso Tándem, la número 12, la Fiscalía Anticorrupción pedía 6 años y medio de prisión para Villarejo y el director jurídico de Planeta por la contratación del primero para investigar al árbitro que falló a favor del dueño de Kiss FM, Blas Herrero, en un contencioso con este grupo.