El sistema de pensiones del Estado en su configuración constitucional establece un sistema de protección universal, suficiente en la cuantía de la protección, público (aunque parezca tautológico quiere decir que la protección suficiente se ha de proveer por las instituciones públicas) e irregresivo (cualquier reforma tiene que mantener el sistema de protección preexistente o incrementarlo, nunca minorarlo).

En su configuración normativa el sistema es de reparto, las personas empleadas a través de sus cotizaciones financian las prestaciones de las contingencias protegidas, jubilación, fallecimiento, viudedad, orfandad y en favor de familiares y enfermedad, incapacidad permanente, temporal, absoluta o gran invalidez.

En definitiva, 20.670.000 empleados (cifra engañosa ya que en ella se incluye trabajos discontinuos, cotizaciones por bases mínimas y 30.000 millones de euros en salarios que no cotizan en la seguridad social al estar topadas las bases máximas de cotización) tienen que financiar 12.039,2 millones de euros en pensiones cada mes.

Casi tres cuartas partes de la nómina de pensiones contributivas corresponde a pensiones de jubilación, en concreto, el 72,9%, es decir, 8.778,1 millones de euros. A pensiones de viudedad se han destinado 2.006,3 millones de euros, mientras que la nómina de las prestaciones por incapacidad permanente asciende a 1.059 millones, la de orfandad, a 163,9 millones de euros y las prestaciones en favor de familiares, a 31,8 millones. Lo anterior genera un déficit que, excluyendo las transferencias del Estado vía impuestos, es del 4% del PIB, más de 50.000 millones de euros.

El problema anterior deriva de varias circunstancias. La primera hace referencia a la que fue edad totémica de jubilación, 65 años, incorporada al sistema en el año 1918 en el que sobrevivían a esa edad el 10% de la población, hoy una persona de 65 años es considerada una persona convencionalmente joven. A partir del 1 de enero de 2013, la edad de acceso a la pensión de jubilación depende de la edad del interesado y de las cotizaciones acumuladas a lo largo de su vida laboral, requiriendo haber cumplido la edad de: 67 años o 65 años cuando se acrediten 38 años y 6 meses de cotización.

Nos encontramos, por otra parte, con el fenómeno del baby boom. Las exigencias de procreación amplia a las mujeres derivan o bien de una estructura económicamente agrícola que antes de la mecanización del mundo rural exigía numerosos brazos para trabajar la tierra o ganadería. También de la ideología autocrática que basaba el poder de un país en su número de habitantes, algunos recordarán los premios del general Franco a la natalidad en donde mujeres acompañadas por 12 o 13 hijos con sonrisa impostada y hombres con sonrisa amplia recibían anualmente premios económicos de escasa cuantía. Es conocido el discurso del general Perón que reprochaba a las mujeres argentinas su incapacidad de competir con las brasileñas en el alumbramiento de hijos como elemento geoestratégico de dominio de esa zona geográfica.

Los baby boomers son en el Estado español la generación que nació entre 1957 y hasta 1977. Según los datos de la Seguridad Social, en España hay 7,7 millones de trabajadores con edades comprendidas entre los 45 y los 59 años y son los primeros a los que afectaría el “ajuste” del ministro Escrivá. La distorsión deriva de que jubilándose los ciudadanos de esta generación sus pensiones tienen que ser financiadas por los dos o tres hijos que en el mejor de los casos tienen las familias actuales.

El tercer factor es el del incremento de las expectativas de vida, la esperanza de vida en 2023 subió a 81,8 años para los hombres y a 87 para las mujeres. Simultáneamente la natalidad apenas crece porque el número medio de hijos por mujer se elevará del 1,34 actual al 1,41. Una cifra insuficiente si tenemos en cuenta que nuestra tasa de reposición es de 2,1 hijos por mujer.

Se podrían citar otros problemas y afortunadamente se han derogado factores regresivos en el ordenamiento jurídico como la agresión que supuso en el año 2013 el factor de sostenibilidad, que suponía que en el año 2019 todos los pensionistas iban a sufrir un recorte lineal del 15% de sus pensiones, ya que se vincula la cuantía de la pensión a un dato objetivo como es las expectativas de vida designadas por el INE y como las expectativas crecen las pensiones disminuyen y la desindexación que supone desvincular el crecimiento de las pensiones del crecimiento del IPC, con lo cual este año con un IPC que según las fuentes es del 8,5% y según otras del 10,4%, al quebranto anterior habría que añadir entre un 9% y un 15% de decrecimiento de la pensión.

Lo que el gobierno propone hoy consiste en destopar las bases de cotización a través del siguiente procedimiento:

1) Base de cotización máxima: incremento anual de 1,154 puntos porcentuales en términos reales durante el periodo 2025 y 2050. A partir de 2050 no crecerá más en términos reales.

2) Pensión máxima: el incremento anual en términos reales variaría, según el periodo, ya que entre 2025 y 2050 la subida sería de 0,115 puntos porcentuales, mientras que entre 2051 y 2065, el incremento anual variaría entre 0,182 puntos en 2051 y 1,455 puntos en 2065.

Se calcula que en estos momentos existen unos 30.000 millones de euros en salarios que no cotizan a la Seguridad Social (por estar topada la base máxima), por lo que ir levantando ese tope, progresivamente y a lo largo de los años, supondría importantes subidas de ingresos para la Seguridad Social.

La segunda propuesta afecta a la revalorización de las pensiones:

Se mantiene hasta 2044 el periodo de cómputo en los 25 años vigentes, aunque también será posible optar por calcular la pensión con los últimos 29 años trabajados descartando los dos años peores. Esta nueva opción se irá introduciendo de manera progresiva, desde 2027 a 2038, año en el que ya quedarán completamente desplegados los 29 años (menos dos).

Todo lo anterior constituye un parcheo que con las tendencias demográficas, la incorporación de nuevos colectivos protegidos, como los becarios, con la vinculación justa del crecimiento de las pensiones al IPC cuya evolución es peligrosamente fluctuante, con la necesidad de corregir injusticias históricas como la regulación de la pensión de viudedad o el sistema de pensiones de los trabajadores autónomos, con la escasa capacidad de reprimir el fraude, con el carácter precario de los trabajos de los jóvenes que se incorporan al mercado de trabajo y que no pueden configurar carreras de seguro para sus propias pensiones y para financiar el sistema en su conjunto.

Sólo un gran pacto de estado y la no utilización del sistema de pensiones como elemento de confrontación partidista puede conseguir encontrar la fórmula de garantizar la sostenibilidad financiera, todo lo demás constituye realismo mágico.

Jurista