Todos los ahorradores vascos que hayan realizado aportaciones a entidades de previsión social voluntaria (EPSV) individuales o asociadas desde hace más de diez años podrán rescatarlas total o parcialmente. Y podrán hacerlo sin tener que esperar, como los socios de planes de pensiones en el resto de España, hasta 2025.
Así lo establece el reglamento aprobado por el Gobierno de Iñigo Urkullu el pasado 27 de octubre -el mismo día que dio luz verde al proyecto de presupuestos para 2016-, mediante un decreto que desarrolla la ley de previsión social de hace tres años.
Esta nueva regulación pretende disipar la incertidumbre que sembró el Tribunal Constitucional (TC) al anular en 2014 varios preceptos de la ley vasca de EPSV, entre ellos la posibilidad de rescatar el dinero ahorrado una vez transcurridos diez años desde la primera aportación. Esta ha sido la gran ventaja diferencial del sistema de previsión social vasco, vigente desde principios de los 80.
El rescate a los diez años ya se incluyó en la primera ley de EPSV, de 1983, y no fue recurrido por el Estado. La reforma de dicha regulación aprobada por el Ejecutivo de Patxi López -destinada a impulsar la previsión social de empleo- recogió de nuevo el rescate para las entidades individuales y asociadas. En esta ocasión, el Estado recurrió la normativa vasca al TC, al considerar que invadía sus competencias en materia de legislación mercantil y de seguros.
Con el reglamento aprobado, el Ejecutivo vasco fija en su disposición final tercera que “los socios de las EPSV individuales o asociadas podrán disponer anticipadamente del importe total o parcial de los derechos económicos, correspondientes a las aportaciones, que tengan una antigüedad superior a diez años”.
A mí, después de haber cotizado más de diez años en Geroa, no se me da la opción de poder rescatar el dinero cotizado en la misma hasta la jubilación. Tengo 52 años y llevo tres años parado.
No olvidemos que el órgano de Gobierno de la EPSV está conformado al 50% entre los sindicatos y la patronal y las aportaciones al plan se realizan igualmente al 50% entre el empleado y la empresa que está adherida.
¿Por qué a Geroa, siendo una EPSV a la cual fuimos obligados, y no voluntariamente (algo que nos debía de dar, con más motivo, la opción a poder rescatar el dinero) a cotizar el 50% y el otro 50% la empresa, no se le aplica la ley de EPSV como a las demás? Creo que ese dinero es nuestro y deberíamos disponer de él cuando lo necesitáramos, ya que ello supondría un respiro para muchas familias que se encuentran en situación precaria.