El juzgado contencioso administrativo número 1 de Vitoria ha suspendido de modo cautelar el reparto de amarres llevado a cabo en 2021 por Euskal Kirol Portuak (EKP) en el puerto de Donostia. La decisión es la respuesta a la reclamación de cuatro antiguos titulares de espacios, que recurrieron contra el listado de adjudicatarios de EKP, lo que implica que las plazas existentes en el muelle de la capital guipuzcoana siguen por ahora en manos de los adjudicatarios que las tenían antes de la convocatoria para reasignar los espacios, un proceso que contó con numerosos contratiempos y quejas hasta quedar en suspenso.

Como se recordará, EKP inició en primavera de 2021 un proceso para repartir de nuevo los 384 amarres de embarcaciones de recreo ubicados en el puerto de Donostia, pero algunos de los que estaban en lista de espera y resultaron excluidos recurrieron en contra de estas listas por considerar que salían beneficiados los que ya tenían plaza. EKP admitió la existencia de errores, los “corrigió” y rehizo el listado. Entonces fueron otros los que se quejaron. En concreto, presentaron recursos algunos antiguos titulares que se habían quedado sin amarre para su embarcación tras la corrección del primer listado.

Además, alguno de ellos llegó a denunciar a la directora de EKP, Edurne Egaña, por presuntos delitos de prevaricación, acoso y coacciones a lo largo del proceso en el que se obligó a embarcaciones a dejar la plaza, algo que algunas hicieron. La querella obligó a la responsable institucional a declarar ante el juez el pasado mes de noviembre, en un procedimiento aún sin finalizar.

Mientras tanto, otros pleitos judiciales se han ido desarrollando, como el que fue presentado ante el contencioso número 1 de Vitoria, ciudad elegida por ser la sede del Gobierno Vasco en este caso. Ya en octubre pasado, el citado tribunal se posicionó a favor de una suspensión cautelar del reparto de amarres de 2021 y, en vista de que la administración no recurrió la decisión de este juzgado, la resolución ha pasado a ser firme y, por tanto, debe ser ejecutada.

Perjuicios

El juez señala en su escrito que otorga la suspensión cautelar solicitada por los recurrentes porque, en caso contrario, podría suceder que se den “perjuicios irreparables” para ellos y una “posible lesión grave a la confianza en el correcto arbitrio de la administración”.

La suspensión cautelar supone “regresar al estado anterior de amarre que ha estado vigente y no se ha considerado ilegal durante décadas”, dice el tribunal, que añade que esta situación se mantendrá hasta que se valore si la nueva adjudicación es conforme a derecho.

Asimismo, el juez critica algunos actos del proceso. “Modificar las dimensiones de las plazas después de presentadas las solicitudes” no es lo es adecuado, indica, por ejemplo. “Aunque no se haya hecho con intención precisa, la decisión sería fuente clara de apariencia de parcialidad”, añade.

Ahora, este mismo tribunal debe determinar si la adjudicación de plazas ahora anulada de modo cautelar es correcta o no desde el punto de vista legal. Si lo fuera, quedaría cerrado un capítulo pero, en caso contrario, podría decidirse que fuera la primera lista la adecuada o, también, reiniciar todo el proceso con otras bases, de modo que quienes nunca han accedido a un puesto en el puerto de Donostia lo puedan hacer también.