La Audiencia de Gipuzkoa ha apreciado conexión entre los vertidos de la incineradora de Zubieta de 2020 y 2022 y ha ordenado que sea el Juzgado de Instrucción número 5 el que realice las diligencias previas. A través de un auto, ha resuelto que compete al Juzgado de Instrucción número 5 de Donostia la investigación de los citados vertidos en un único procedimiento. De este modo, en el auto, fechado el 17 de abril, la Audiencia de Gipuzkoa da la razón al "planteamiento de la Fiscalía y de la Asociación GuraSOS, concordante con la posición del Juzgado de Instrucción número 4" y de GuraSOS, que pedían que las denuncias por varios vertidos fueran consideradas delitos conexos y, por tanto, investigadas por el citado juzgado de instrucción, dentro del mismo contexto, y no como cuestiones aisladas.

Según han recordado desde GuraSOS, dos Juzgados de Instrucción de Donostia (el número 4 y el 5) mantenían una "cuestión de competencia territorial negativa en relación con el vertido contaminante que desde el 13 de julio de 2022 se está produciendo en la regata Arkaitz erreka". En ese sentido, ambos juzgados negaban su competencia para instruir la denuncia interpuesta por la Fiscalía de Medio Ambiente.

El auto judicial es firme, por lo que no cabe recurso alguno

La titular del Juzgado de Instrucción número 5 de Donostia dictó un auto el 10 de noviembre de 2022, en el que rechazó acumular la nueva denuncia del Fiscal a las Diligencias previas 991/2020 que se seguían ante el mismo por otra anterior relativa a un vertido de amoniaco. Ese Juzgado entendía que "no era competente para el conocimiento de los hechos", por lo que acordó inhibirse a favor del Juzgado de Instrucción número 4 que estaba de guardia en la fecha en que ocurrieron los hechos.

La tesis del Juzgado de Instrucción número 5 era que "los vertidos de los que se trata ahora (2022) serían responsabilidad de terceros, ajenos a las empresas encargadas de la puesta en marcha de la incineradora", las cuales ve que "no están actualmente vinculadas con la gestión de la misma, entendiendo por tanto que se trata de hechos nuevos y personas diferentes sin que exista nexo causal ni temporal, y solo coincide el espacio físico donde ocurren los hechos", han señalado desde la asociación.

Por el contrario, el Juzgado número 4 rechazó esta inhibición por entender que las presentes "diligencias se deben enmarcar en el mismo contexto de la actividad de la Planta de Valoración Energética de Resíduos (PVE) y la Planta de Tratamiento Mecanico Biológico (TMB), del denominado Complejo Mediomabiental de Gipuzkoa Fase I, al tratarse de sucesivos vertidos que se producen de la misma en distintas fechas y por las que se siguen las DIP 991/2020 del Juzgado de Instrucción número 5, y en las mismas ya se han hecho actuaciones y se han remitido informes por la UCOMA, entendiendo que no se trata de un vertido nuevo y aislado sino que se trata de delitos conexos". 

En respuesta al comunicado enviado a los medios de comunicación por GuraSOS, Gipuzkoako Hondakinen Kudeaketa (GHK) ha desmentido la existencia de causa nueva alguna contra incineradora. "La Audiencia Provincial de Gipuzkoa se ha limitado a la unificación de dos procedimientos abiertos en su día, por una razón meramente procedimental", ha asegurado GHK en un comunicado.

GHK recuerda que en el caso del primer vertido, ya penalizó la infracción del concesionario con una sanción de 45.000 euros y que en el caso del segundo vertido, ya tiene abierto un expediente sancionador que se encuentra actualmente en proceso de tramitación.

 

Seprona

La Audiencia de Gipuzkoa ha partido del análisis de la incoación por el Ministerio Fiscal de las Diligencias de Investigación 59/2022" en las que solicitó al Seprona "para que inspeccionase la regata y el punto de afloración del agua contaminada, inspeccionase las canalizaciones de aguas y posibles filtraciones de lixiviados o vertidos de cualquier sustancia a las aguas de la regata, y que realizasen atestado para investigar el origen y causa de la contaminación, alcance, afección a la regata y fauna de la misma, identificando a los posibles culpables".

A partir de ahí, constata que por parte del Seprona, se contestó al oficio, indicando que "por parte del Juzgado de Instrucción número 5 se había ordenado a la UCOMA determinar el origen de la emisión de los contaminantes que motivaron la denuncia de 2020". En base a ese requerimiento, con el objetivo de realizar analíticas de las aguas y el terreno, entre los días 26 a 29 de julio de 2022, procedieron a "efectuar un reconocimiento previo y muestreo en el cauce de la regata Arkaitz y su confluencia con el río Oria".

Se obtuvieron "once muestras en cuatro puntos de muestreo, y correspondiendo una de ellas a la tomada en la boca de punto de vertido industrial situada a unos 150 metros del punto de vertido que consta en el atestado que se está investigando en el Juzgado número 5 y que es el mismo que se refleja como punto de vertido en la denuncia de julio de 2022".

Por esta coincidencia, el Ministerio Fiscal entiende que se trata de "hechos conexos" y porque, además, por parte de la Policía Local de Usurbil, y en base al resultado del análisis de la toma de muestras de las aguas de la regata, "se había informado de la presencia de contaminantes (amonios, cloruros y metales pesados) en cantidades constitutivas de un riesgo para la salud de las personas y el equilibrio del ecosistema, señalando su origen en la actividad del CMG", ha apuntado.

De este modo, la Audiencia Provincial concluye que "no nos encontraríamos tanto con una actividad independiente del propio funcionamiento de la incineradora y realizada al margen de la misma por empresas ajenas a dicha actividad, sino que en todo momento se está refiriendo a vertidos similares a los ocurridos en el año 2020 y cuyo origen se sitúa en el funcionamiento del CMG", y "existe la necesaria conexidad".

El auto de la Audiencia es firme y contra el mismo no cabe recurso alguno. Ahora, el Juzgado de Instrucción Número 5 deberá proceder a activar la investigación que mantenía paralizada desde noviembre.

En concreto, debe acordar sobre la petición del Ministerio Fiscal de fecha 10 de octubre de 2022 para la práctica de una serie de diligencias "de investigación para la averiguación de las circunstancias del delito, el hallazgo de vestigios o pruebas materiales y la inspección ocular con descripción de todo aquello que pudiera contribuir al esclarecimiento del hecho investigado".

Por su parte, GuraSOS ha considerado que se trata de una noticia "positiva" que "orienta correctamente la investigación de la contaminación que está originando la incineradora", y ha reiterado su petición a los responsables políticos para que "se reconozca la grave situación y se ponga en marcha un proceso de diálogo con la sociedad civil a fin de encontrar una solución a la misma".