El juez de guardia de Pamplona, el titular del Juzgado de Instrucción número 4 de la capital navarra, Edilberto Esteban Iglesias, ha dictado un contundente auto judicial en el que deniega la adopción de medida cautelar alguna contra los 61 detenidos de Indar Gorri que ya han sido puestos en libertad provisional. El juez ha rechazado la medida solicitada por la Fiscalía y la acusación particular que ejerce la Liga de Fútbol Profesional de que dichos seguidores de Osasuna no entraran en recintos deportivos.
El juez afirma que los aficionados rojillos no acudieron armados a Sevilla, que solo consta un herido y que no hay denuncias por lesiones en la causa, con lo que dificílmente se sostiene que hubieran realizado una quedada con los ultras del Betis para pegarse.
El juez recuerda que "respecto a la gravedad de los hechos y consiguiente proporcionalidad de la medida, sin perjuicio de la existencia de indicios de la participación el delitos de riña tumultuaria y desórdenes públicos", debe tenerse en cuenta que se trata de "incidentes ocurridos hace más de cuatro meses sin que consten en las actuaciones otros hechos semejantes en los que se haya visto involucrados".
"No consta que portaran palos y barras"
Recuerda además que según la comparecencia inicial de los agentes de Policía intervinientes "la pelea se produjo tras ser observado el grupo de aficionados en el que estaba el investigado por un aficionado del equipo local (United Family, del Betis) que dio aviso a otros que acudieron al lugar con palos y barras de metal". Así, señala el juez, "no consta que los miembros de Indar Gorri portaran inicialmente" dichos palos y barras de metal, "no resultando herido más que un aficionado de este y sufriendo daños tres vehículos, sin que existan denuncias por lesiones".
El magistrado advierte que "si bien se pretende una actuación conjunta y con una finalidad unitaria en la comisión y perpetración delictiva del enfrentamiento violento la comparecencia de los agentes presentes no sustenta tal afirmación ya que los seguidores del Club Atlético Osasuna habían sido detectados por un grupo de aficionados del Real Betis Balompié a los que sí se observó con palos y barras de metal, sin que el hecho de que los aficionados del equipo visitante se encontraran juntos pueda considerarse como un elemento a valorar". Es decir, el juez entiende que el hecho de que los miembros de Indar Gorri acudieran y se desplazaran conjuntamente por Sevilla "puede ser una mera consecuencia del desplazamiento colectivo y la ubicación conjunta en el estadio como tampoco puede considerarse en tal sentido el hecho de que no huyeran, extremo coherente con el hecho de encontrarse en una ciudad en principio desconocida".
El juez deniega la medida cautelar solicitada "sin perjuicio de lo que pueda acordar el Juzgado que conoce de la causa a la vista de la información completa de las actuaciones procesales".