DONOSTIA - El Tribunal Supremo ha desestimado los recursos de la Diputación de Gipuzkoa y de las Juntas Generales contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, que anuló la primera norma foral que regulaba los peajes a camiones en las carreteras A-15 y N-I.

La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Supremo ha confirmado la sentencia dictada por el TSJPV, que estimó en abril de 2018 un recurso interpuesto el 12 de enero de 2017 por el Comité Nacional de Transporte (CNTC) contra la norma foral 7/2016.

El TSJPV consideró que el sistema adoptado para cobrar el peaje a los vehículos pesados producía "una discriminación indirecta del transporte de tránsito con origen y/o destino fuera de Gipuzkoa respecto del tráfico interior", debido tanto a los "tramos elegidos" para la instalación de los peajes como a "la extensión de su recorrido".

Tras admitir los recursos de casación de la Diputación y de las Juntas, el Tribunal Supremo ha fallado ahora en el mismo sentido que el Superior vasco y mantiene que la norma -que ya no está vigente- era discriminatoria.

"El canon de utilización de diversos tramos de las carreteras de alta capacidad, como el establecido en el Territorio Histórico de Gipuzkoa por la Norma Foral controvertida, que grava en mayor medida los tramos de salida y de entrada al citado territorio así como a los vehículos pesados de más de 12 toneladas, incurre en una discriminación indirecta por razón del origen o destino de la operación de transporte, prohibida por el artículo 7.3 de la Directiva 1999/62/CE", establece el Tribunal Supremo.

La Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España Fenadismer, que ha difundido la sentencia, considera que este fallo significa la "eliminación y supresión de los peajes" en Gipuzkoa, que se siguen cobrando, aunque amparados por una norma posterior.

Aunque la Diputación recurrió en casación, decidió al mismo tiempo aprobar una nueva norma de peajes, que fue sancionada por las Juntas Generales en noviembre de 2018.

Esta nueva norma introdujo una serie de cambios en su diseño general para hacer frente a la interpretación que llevó al Tribunal Superior de Justicia del País Vasco a anular la anterior.

Sin embargo, el Comité Nacional de Transporte recurrió también la nueva norma, el TSJPV volvió a dar la razón a los transportistas y anuló en mayo de 2020 esta nueva regulación, que se encuentra a la espera de que el Tribunal Supremo se pronuncie definitivamente.