- Esta semana se ha regulado, por primera vez en la historia laboral del Estado español, el teletrabajo. La pandemia de coronavirus y la necesidad de adoptar medidas para protegerse de contagios ha llevado el trabajo en casa a niveles desconocidos pero aun así solo una cuarta parte de los trabajadores vascos, -un 24,5% en la Comunidad Autónoma Vasca, y un 23% en Nafarroa-, desempeña labores que se pueden realizar desde casa, según un informe de la empresa de trabajo temporal Randstad. En total, en el conjunto del Estado español solo 4,4 millones disponen de la opción de teletrabajo, lo que supone únicamente el 22,3% del total de la población ocupada, que en 2019 ascendió a 19,7 millones de personas.

El pasado martes se aprobó en el consejo de ministros la ley que regulará el teletrabajo tras un pacto entre el Ejecutivo español, las organizaciones empresariales CEOE y Cepyme, y los sindicatos CCOO y UGT. La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz señaló que "quizás esta ha sido la negociación más difícil y más compleja", tras subrayar que es el quinto pacto que se alcanza desde que ella rige esta cartera.

En resumen el acuerdo de la regulación del teletrabajo establece un catálogo de normas para un hecho que hasta ahora apenas contaba con un artículo en el Estatuto de los Trabajadores. ¿Pero qué se entiende por teletrabajo? Según el Real Decreto-ley que regulará el trabajo a distancia, este queda definido como aquel que se preste, en un periodo de referencia de tres meses, durante un mínimo del 30% de la jornada o el porcentaje proporcional equivalente en función de la duración del contrato de trabajo.

Un punto clave, según destaca Pello Igeregi, del sindicato mayoritario vasco ELA, crítico con la normativa, es que "se deja claro el carácter voluntario de esta modalidad de trabajo". Una forma de trabajar que antes del COVID solo practicaba en Euskadi el 4% del colectivo laboral, según la encuesta sobre la sociedad de la información del Eustat-Instituto Vasco de Estadística, y a la que a futuro podrían acceder hasta un total de 230.000 personas en la CAV.

En estos momentos, el teletrabajo, según datos ministeriales, alcanza al 16% de los trabajadores, con notables diferencia entre sectores, con la industria a niveles muy bajos y los servicios, mucho más altos. Eso sí, durante el periodo de confinamiento domiciliario, un estudio del Instituto Valenciano de Investigaciones Económicas, sobre la base de encuestas y datos del INE, señala que hasta un 34% de la población laboral del Estado español se acogió a la figura del teletrabajo para seguir desempeñando en la medida de lo posible sus labores profesionales. En Europa, antes de la pandemia, los países con más desarrollo de dicha forma de trabajar eran Holanda y Finlandia, con un 14% del colectivo laboral.

La organización empresarial vasca Confebask, según señala Virginia Mugica, de servicios jurídicos, valora "positivamente" la norma porque es una medida surgida "del consenso entre los diferentes agentes sociales". Según Mugica se ha establecido un marco de principios mínimos que "habrá que desarrollar a través de la negociación colectiva y esto es un hecho que valoramos muy positivamente y tiene un valor extraordinario en esta coyuntura".

Para Confebask, el hecho de que la normativa se tenga que desarrollar pactando entre organizaciones empresariales y sindicales "nos sitúa en un escenario en el que tenemos que asumir que acordar es fundamental y ello implica una llamada a la responsabilidad colectiva".

La norma, según recuerdan desde Confebask, parte de un acuerdo escrito entre el asalariado y la empresa, que "deberá proporcionar los medios necesarios para desarrollar las tareas y se hará cargo de los costes".

Aunque se deja mucho margen a la negociación colectiva, los convenios y los acuerdos de empresa, el marco aprobado para regular el trabajo a distancia recoge algunos aspectos claves como la citada voluntariedad y la reversibilidad.

Pero en todo caso la nueva normativa deja claro, según Confebask, que "es la empresa la que tiene que encargarse de la dotación y mantenimiento de los medios y equipos que necesita el trabajador para ejercer su actividad a distancia". Para Virginia Mugica, este punto tendrá que desarrollarse "en los términos establecidos en la negociación colectiva". "Será preciso negociar cómo se sufraga o compensa por la empresa, ya que el trabajador no puede asumir los gastos relacionados con los equipos y el resto de medios que le hacen falta para llevar a cabo su actividad", indica la representante de Confebask.

Y todos estos puntos son importantes porque, según el Banco de España, hay un amplio margen para aumentar el teletrabajo en la mayoría de los empleos. Aunque en cualquier caso se estaría hablando de que hasta un 30% de los ocupados podría teletrabajar, al menos ocasionalmente, lo que supone 22,3 puntos porcentuales más que en la actualidad.

La postura del sindicato ELA, según destaca Pello Igeregi, responsable de negociación colectiva de la central, es mucho más crítica con la normativa aprobada porque marca un antes y un después, y deja a los que teletrabajaron durante el confinamiento del COVID sin protección clara. "Además, es inaceptable tener que hacer realizar más del 30% de la jornada para tener opción a los beneficios recogidos en la ley del teletrabajo, dejando sin protección a aquellos que están trabajando por debajo de ese número de horas", indica el representante sindical.

Según Igeregi, hay elementos sin aclarar, "no se concreta cómo se compensarán los gastos derivados del teletrabajo o no se concreta cómo se podrá acceder a la formación. Y, por último, esta legislación no protege de manera eficaz el derecho de los trabajadores y trabajadoras a sindicarse".

ELA sí coincide con Confebask en que la norma habrá que concretarla en el transcurso de los convenios, " y esto sí es positivo porque los sindicatos vascos trataremos de llenar las carencias de la nueva legislación por medio de la negociación colectiva. Los sindicatos tendremos que poner en marcha herramientas para que el mundo del trabajo no caiga en el individualismo y la organización de los trabajadoras prevalezca".

Y este punto es fundamental porque como resalta Virginia Mugica, de Confebask, "el teletrabajo ha venido para quedarse".

"Inaceptable". El responsable de negociación colectiva de ELA, Pello Igeregi, señala que el sindicato es crítico con la norma "porque no recoge a los que han trabajado hasta ahora con el COVID y porque es inaceptable tener que realizar más del 30% de la jornada laboral a distancia para poder acogerse a los beneficios de la nueva normativa"

"Había un vacío legal". La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, indica que "la pandemia ha hecho que tres millones de personas estuviesen teletrabajando en un vacío legal. Ahora la nueva normativa nos coloca a la vanguardia de la legislación europea. Esta modalidad no podrá ser impuesta ni por el empresario ni por el trabajador, y será reversible".

"Positiva". La responsable jurídica de Confebask, Virginia Mugica, valora la nueva normativa de teletrabajo "de forma positiva porque pone en valor el consenso entre las partes y fija un marco de mínimos que se tendrá que desarrollar entre unos y otros en la negociación colectiva, ello implica una llamada a la responsabilidad colectiva".