donostia - La reforma del Código Penal que ha entrado en vigor el pasado 1 de julio recoge como novedad una serie de delitos agravados de hurto, robo y receptación, que se refieren específicamente a los productos agrarios y a los instrumentos o medios que se utilizan para su obtención.
En la exposición de motivos de la ley se reconoce expresamente la situación de robos que están afectando a las explotaciones agrarias y ganaderas y que están causando a sus propietarios unos perjuicios superiores a la mera valoración de los objetos sustraídos.
El texto reconoce un delito agravado de hurto, sancionado con una pena de prisión de uno a tres años, la sustracción de productos agrarios o ganaderos o de los instrumentos o medios que se utilizan para su obtención, siempre que se cometa en explotaciones agrícolas o ganaderas.
Asimismo, recoge el delito agravado de receptación, es decir, quien compra un objeto robado, cuando se trate de productos agrarios o ganaderos o de los instrumentos que se utilizan en esa actividad, por lo que establece una pena de uno a tres años de prisión.
También se recoge una pena de dos a cinco años de prisión en los casos de robo con fuerza en las cosas, algo muy frecuente, ya que generalmente este tipo de delitos que se realizan en el campo se producen rotura de puertas, ventanas, cerraduras o escalamiento de naves o casetas.
Desde las organizaciones agrarias se estima que estas modificaciones del Código Penal significan un notable avance, “si viene acompañado de un control policial de determinados negocios susceptibles de incurrir en este tipo de compraventas ilícitas”. - N.G.