DONOSTIa. El sindicato ELA ha logrado que el Tribunal Supremo estime el recurso de casación que este sindicato había presentado para lograr que se declare ilegal el carácter obligatorio de la Tarjeta Profesional de la Construcción para trabajar en el sector.

El secretario general de la central, Adolfo Txiki Muñoz, junto con los responsables de construcción y salud laboral, señaló ayer que esta sentencia anula el convenio de colaboración suscrito entre Osalan y la Fundación Laboral de la Construcción (FLC).

La sentencia del Supremo de 27 de octubre (recurso de casación número 53/2009) también concluye que el Convenio Colectivo General de Construcción (CCGC) de ámbito estatal ha vulnerado el artículo 84.3 del Estatuto de los Trabajadores, al excluir la posibilidad de negociar la materia de la seguridad y salud laboral en los convenios provinciales.

La decisión judicial marca que la TPC solo es una forma de acreditación de la formación que está a disposición del trabajador, pero "no la única forma de acreditación". El no contar con la TPC no puede ser motivo de rescisión de los contratos de trabajo o de la imposibilidad de acceder a los mismos.

Ante esta situación, los responsables de ELA destacaron que la materia de la seguridad y salud laboral "no puede ser limitada o restringida por un convenio estatal". A su entender, "el intento de centralizar la negociación colectiva en materia de seguridad y salud laboral no es un hecho aislado, es un anticipo de lo que están preparando CCOO, UGT y la CEOE en la próxima reforma de la negociación colectiva", en la que la patronal y los dos sindicatos citados "apuestan por un modelo centralizado, alejado de las necesidades de los trabajadores, y al servicio exclusivo de sus intereses privados".

Asimismo, piden que "se desmonte este sistema corrupto e ilegal, y que se deje de derivar dinero público a una FLC que solo sirve para financiar a sus miembros y para blindar la pretendida posición de monopolio sindical de CCOO y UGT en el sector de la construcción".