Las terrazas de Donostia tendrán que cerrar media hora antes
La nueva ordenanza, que estará aprobada a fin de año, también prohíbe la colocación de estufas
Las terrazas de los establecimientos hosteleros donostiarras tendrán que cerrar media hora antes por las noches a partir del año próximo, cuando entre en vigor la nueva Ordenanza de terrazas.
Así, las terrazas que tienen licencia para todo el año podrán estar abiertas en la temporada de verano hasta las 23.00 horas de domingo a jueves y hasta las 1.00, viernes, sábados y vísperas de festivos.
El resto del año el cierre llegará a las 22.30 horas de domingo a jueves y a las 24.00 horas viernes, sábados y vísperas de festivo.
Este es la fórmula a aplicar al 95% de los locales de la ciudad.
Pero, como ha puntualizado el alcalde de Donostia, Eneko Goia, también hay un grupo de establecimientos que instalan su terraza en la temporada estival, a la que se da inicio en Semana Santa y que finaliza el 15 de octubre. Estas terrazas pierden una hora de funcionamiento y de domingo a jueves cerrarán a las 23.00 horas y a las 1.00 horas, viernes, sábados y víspera de festivos.
Con este adelanto, ha destacado el primer edil donostiarra, se pretende velar por un mejor descanso de vecinas y vecinos.
El concejal de Mantenimiento Urbano Carlos García, ha destacado que se han establecido dos temporadas para las terrazas, cuando la ordenanza aún en vigor fija tres.
Como ha explicado Goia en su comparecencia de hoy, la Ordenanza incluye otras modificaciones. Cuando entre en vigor la que viene a sustituir a la aprobada en 2014, ya no será necesario la solicitud de una nueva licencia de terraza cuando se efectúe un traspaso y seguirá vigente la otorgada con anterioridad.
Pese a la oposición del sector de la hostelería, la Ordenanza prohíbe la colocación en las terrazas de estufas de gas o eléctricas. Aquellos establecimiento que tienen licencia ya concedida para ello podrán seguir colocándolas hasta su caducidad, cuatro años, pero deberán retirarlas posteriormente.
También está prohibida la colocación de televisores y tampoco podrán instalarse carteles que entorpezcan el paso.
La Parte Vieja
Goia ha asegurado que a la hora de elaborar la Ordenanza se ha tratado con “especial consideración” el caso de la Parte Vieja, por ser éste un barrio en el que se da una gran concentración de establecimientos hosteleros y de terrazas.
Como ha señalado el alcalde de Donostia, por regla general no se podrán colocar las terrazas hasta que se den por finalizadas las labores de carga y descarga, salvo en la Plaza Sarriegi, Bretxa, Ijentea y Esterlines.
Esta prohibido que se coloquen terrazas en el interior de los arcos de la Plaza de la Constitución y en el Boulevard, espacios que deben quedan libres para el paso.
Régimen sancionador
En lo que al régimen sancionador se refiere, el importe de las multas se elevará. “Esta ordenanza entraba en colisión con otra que afecta también al espacio público, por lo que las multas se han igualado”, ha apuntado Goia,
Las sanciones que se deriven de los expedientes que levante la Guardia Municipal, que es la encargada del control del cumplimiento de la ordenanza, irán de 100 a 750 euros, en las infracciones leves; entre los 751 y los 1.500 euros con suspensión de licencia de hasta un mes, en los casos graves; y entre 1.500 a 3.000 euros, con suspensión de licencia de uno a tres meses, cuando la infracción se califica como muy grave.
En la nueva ordenanza se recoge también que las terrazas se pueden poner al otro lado de la calzada solo en las vías de plataforma única en la que el peatón tiene prioridad; que el ángulo de visión de la terraza respecto al local del que depende se amplía a una distancia máxima de 30 metros y que se pueden poner protecciones frente al tráfico en las calles en las que éste es frecuente. Los elemento a usar con tal fin pueden ser jardineras o mamparas móviles que no estén fijadas al suelo ni midan más de 1,60 metros.
Las sombrillas tampoco estarán fijadas al suelo, sino sujetas por un contrapeso y podrán llevar publicidad en forma de texto, sin logos ni marcas.
Las licencias
Un hotel podrá solicitar licencia para colocar una terraza si cumple las mismas condiciones de cualquier otro local de hostelería, siendo consciente de que la licencia es diferente a la actividad del hotel.
La ordenanza facilita el procedimiento de renovación de licencias, que se realizará “de oficio” si no hay una solicitud en el sentido contrario.
Las licencias podrán suspenderse si el establecimiento recibe sanciones de forma reiterada, por necesidad de interés público, como fiestas o por obras.
Tipos de terrazas
El nuevo documento establece cinco tipos de terrazas. El tipo 0 son las mesas altas pegadas a la fachada en la Parte Vieja, que pueden llevar dos taburetes solo si la calle tiene más de cinco metros de ancho.
En el Tipo 1 se incluyen las terrazas más habituales con mesas y sillas, que pueden tener sombrillas si no ocupan más de nueve metros cuadrados estando abiertas y mamparas móviles que deben retirarse a diario.
El Tipo 2 son aquellas que requieren que algunos elementos sigan en su lugar al acabar la jornada y el Tipo 3 son las terrazas con estructura y espacio delimitado.
Por último, el Tipo 4 sería el de los recintos cerrados, que solo podrán instalarse en aceras de más de seis metros y respetando una serie de condiciones.
En las terrazas, la anchura mínima será e tres metros. Se puede extender al 100% de la fachada del establecimiento, aunque por un máximo de 15 metros. Su superficie total no podrá ser superior a 100 metros cuadrados y no podrá interferir en otra terraza.
La tramitación
Según ha explicado Goia, la tramitación de esta ordenanza tardará, al menos, unos seis meses, por lo que podría estar aprobada para fin de año.
La propuesta que se ha llevado a Junta de Gobierno, que ya ha recibido aportaciones de representantes de la hostelería y asociaciones, 39 en general y “tres más concretas”, se someterá ahora al análisis de los grupos municipales para que presenten las enmiendas que consideren oportunas y que serán valoradas para ser incorporadas o no en el documento que se llevará a Pleno próximamente.
Finalizad esta etapa, la Ordenanza se publicará en el Boletín Oficial de Gipuzkoa, abriéndose un plazo para presentación de alegaciones antes de regresar al Pleno para su aprobación definitiva.