Costas sanciona con 600.000 euros los incumplimientos del negocio hostelero ZMare de la Zurriola
Ha incoado un expediente contra el Ayuntamiento, que argumenta que el responsable es la empresa adjudicataria, a la que requirió documentación antes de la sanción
El Servicio Provincial de Costas en Gipuzkoa ha abierto un expediente de sanción por los incumplimientos en las condiciones de la concesión del negocio hostelero ZMare, ubicado en el paseo marítimo de la Zurriola, sobre la playa de Gros. El expediente hace responsable de las infracciones al Ayuntamiento de Donostia e al que impone una sanción de 1.800 euros por nueve incumplimientos. Además, le obliga a devolver a la administración el beneficio económico obtenido "de forma ilícita" y que cifra en 584.337 euros.
En el informe realizado por el Servicio municipal de Patrimonio al que ha tenido acceso NOTICIAS DE GIPUZKOA, el Ayuntamiento deja constancia de que ha actuado de oficio contra estas irregularidades antes de la intervención de Costas, con requerimientos de información a la empresa que explota el negocio, UTE Zurriola Ocean Center.
"El Ayuntamiento ha actuado con la diligencia debida y ha requerido en diversas ocasiones al adjudicatorio la aportación de la documentación necesaria para comprobar que se daba cumplimiento a las condiciones de la concesión", se señala en el informe municipal.
El Servicio Patrimonio añade que el Ayuntamiento no solo desconoce el beneficio que ha obtenido la empresa por el uso ilícito de la concesión, "ni siquiera ha obtenido aún la liquidación del canon variable que como mucho le hubiera correspondido de dicho beneficio".
Desde julio tras años cerrado
Como se recordará, este negocio reabrió sus puertas el pasado mes de julio con unos nuevos promotores tras varios años cerrado y sumido en estado de semiabandono. Los nuevos gestores han desarrollado un negocio dedicado a la hostelería y a las actividades náuticas, según figura en el acuerdo de adjudicación del Ayuntamiento, con fecha de 14 de febrero de 2023.
Siete meses después de su reapertura, el Servicio de Costas envió al Ayuntamiento su resolución comunicando la apertura del expediente. En él detalla los incumplimientos detectados y que el propio expediente los resume de esta manera:
-Falta de colocación de cartel indicativo de uso público y gratuito de los aseos
-En planta sótano ocupación de 57,5 m2 del pasillo de servicios para usos que no están autorizados
-En la superficie de la edificación cerrada dedicada a hostelería un exceso de ocupación, pues en vez de ocupar los 150m2, ocupa 339,66m2, que asciende a 374m2 si se suma la ejecución no autorizada de obras para la colocación de almacén de uso hostelero en la planta de sótano.
Nueve infracciones
En consecuencia, Costas tipifica nueve infracciones, calificadas como leves, y por las que impone 200 euros de multa por cada una de ellas. Es decir, 1.800 euros. El Ayuntamiento, puede obtener una reducción del 40% por "pago voluntario y asunción de responsabilidad".
Además, Costas exige la restitución de la situación anterior a la infracción, que pasa por devolver el beneficio "ilícitamente" obtenido de estos incumplimientos. La cantidad a devolver a la administración roza los 600.000 euros.
Cálculo del beneficio ilícito
¿Y de donde extrae este cálculo el Servicio de Costas?. Así lo explica en su resolución: "El beneficio económico que pudo haberle reportado el exceso de clientes que permite el aumento de la superficie destinada a hostelería, en concreto a mesas de restaurante por cada día abierto al público teniendo en cuenta que el precio medio de cubierto son 55 euros, con dos turnos de comida y cena, 102 comensales extras durante 124 días". En su resolución, matiza que a esta cantidad le ha aplicado una reducción "de los costos explícitos de un 30% por el servicio y un 28% de producto".
Desde la recepción del expediente, el Ayuntamiento dispone de 15 días de plazo para defenderse, plazo al que se le ha añadido una semana más.
Alegaciones
En sus alegaciones el Ayuntamiento atribuye la responsabilidad de las infracciones al adjudicatario, "único y exclusivo ocupante de la concesión". Arguye el informe municipal que en virtud del principio de responsabilidad de las sanciones "éstas se deben imponer a quienes cometan materialmente las infracciones, siendo indiferente a quien corresponda la sanción"·.
Recuerda que el adjudicatario, la UTE Zurriola Ocean Center, "además de ostentar derechos ostenta deberes de respetar las condiciones de la cesión"; es decir, "debe utilizarlo correctamente". El Ayuntamiento esgrime en su defensa que no ha ejecutado las obras de acondicionamiento del espacio "ni tampoco se ha beneficiado de su explotación, por lo que no existe un principio de culpabilidad imputable". A su juicio, al que se debe imputar es "al autor material, quien lo habría utilizado en su propio beneficio".
En últim instancia, asegura "el Ayuntamiento ha actuado con la diligencia debida y ha requerido en diversas ocasiones al adjudicatario de la cesión de uso de la concesión, la aportación de documentación necesaria" para comprobar que cumplía las condiciones de la cesión de uso de la concesión. "Dichos requerimientos, -prosigue el informe municipal- se han realizado con anterioridad a la incoación del procedimiento sancionador", para lo que alude diferentes resoluciones y requerimientos.
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