Donostia. La renovada ordenanza municipal que permite transformar locales en viviendas y dividir éstas entrará en vigor el próximo mes de abril en Donostia. El Pleno del Ayuntamiento aprobará a finales de este mes de manera definitiva la normativa, más flexible que la antigua, según informó ayer el concejal de Urbanismo, Jorge Letamendía.

La superficie mínima exigida para que los locales situados en planta baja o entresuelo, así como en semisótanos (si lo permite el Plan Especial), puedan ser transformados en viviendas es de 35 metros cuadrados, en lugar de los 85 exigidos hasta el momento.

Los propietarios que decidan efectuar este cambio de uso deberán abonar al Ayuntamiento el 15% del incremento del valor urbanístico derivado de esa conversión, ya que los locales pasarán a ser viviendas libres con valor de mercado -salvo que formen parte de edificios públicos-. De esta manera, el propietario asumiría el pago de entre 3.000 y 9.000 euros por efectuar la transformación. En cualquier caso, la superficie del local y la zona en la que se ubique serán fundamentales para fijar la cuantía en cada caso.

En la zona céntrica de la ciudad y en las calles comerciales de otros barrios como Intxaurrondo o Egia se mantienen otras restricciones: la altura mínima del alféizar de las ventanas que dan al exterior debe ser de 2,2 metros o bien debe existir un espacio privado (de la propia vivienda, del inmueble o de otro edificio adyacente) de tres metros de distancia desde la fachada hasta la vía pública. Las viviendas situadas en esos puntos deben cumplir uno de los dos requisitos, no así las del resto de las calles de la ciudad.

Letamendía precisó que en la zona céntrica se podrá entrar a las viviendas directamente desde la calle siempre que exista un vestíbulo que dé acceso a un mínimo de cuatro de ellas. Además, los ocupantes del local transformado no estarán obligados a acceder a su vivienda por el portal del inmueble si la comunidad de vecinos no da su conformidad.

Otra de las modificaciones incluidas es la posibilidad de reconvertir locales situados junto a espacios de actividades con contaminación acústica, como bares o talleres. En estos casos, el propietario particular deberá alcanzar un acuerdo previo con sus vecinos.

En el nuevo texto desaparece también la limitación del número máximo de viviendas que existía en numerosos planes parciales de distintas zonas urbanas.

La normativa establece, asimismo, las condiciones para la división de viviendas. A partir de abril, los pisos de al menos 130 metros cuadrados podrán transformarse en dos viviendas, una de 85 y otra de 45 metros cuadrados de tamaño mínimo -hasta ahora el mínimo para la división es de 170 metros-.