- El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) denegó ayer las “medidas cautelarísimas” solicitadas por la asociación de salas de cine de Euskadi (EZAE) y la Federación de Cines de España (FECE) contra la prohibición de comer en las salas de cine de la CAV.

En un auto, la sala de lo contencioso-administrativo del alto tribunal decidió convertir el procedimiento en “medidas cautelares” y dar audiencia al Gobierno Vasco antes de adoptar una decisión para que presente las alegaciones que considere oportunas, con plazo hasta el próximo día 29 a las 13.00 horas.

La asociación de salas de cine de Euskadi (EZAE) y la Federación de Cines de España (FECE) habían recurrido ante el TSJPV la orden del 6 de octubre de la Consejería vasca de Salud que prohíbe el consumo de palomitas, golosinas, refrescos o similares en las salas de cine vascas.

Además, habían pedido al tribunal la adopción de “medidas cautelarísimas” ante “las graves pérdidas” que les ocasiona la prohibición de comer” en los locales de exhibición por las restricciones impuestas por la pandemia del covid-19.

En concreto, las salas de cine reclamaban que mediante el procedimiento de urgencia se suspendiese la vigencia de los apartados segundo y quinto del anexo de la orden, lo que permitiría volver a consumir alimentos en las salas de exhibición.

En su auto, contra el que cabe recurso, la sala del TSJPV presidida por el juez Luis Ángel Garrido, que en ocasiones anteriores ha fallado contra restricciones decididas por el Gobierno Vasco para frenar la pandemia, denegó la solicitud de medidas de urgencia.

El alto tribunal admite que la no adopción de medidas “cautelarísimas” puede provocar pérdidas económicas en el sector, si bien, puntualiza, “cabría su indemnización de prosperar el recurso”.

Según argumenta, “dados los intereses en juego, entre los que se encuentra que la solicitud recae sobre una medida de prevención sanitaria, la Sala considera que no deba prescindirse del trámite de audiencia”, por lo que abre plazo para que alegue el Gobierno Vasco.

La EZAE y FECE calculan que el consumo de alimentos y bebidas en las proyecciones suponen el 30% de los beneficios de los cines vascos, e incluso “en algunos de ellos llega a ser el 45%”, por lo que se trata de una restricción que “amenaza gravemente la supervivencia de muchas salas si se prolonga en el tiempo” y recuerdan que la CAV es la única comunidad del Estado que prohíbe consumir en los cines.