Ámbito social

1. ¿Se puede tomar algo a las puertas o entorno del bar, o solo dentro o/y en las terrazas?

Sí, se puede tomar algo en las puertas o entorno del bar, siempre que se respete la distancia de 1,5 metros entre personas que además deberán llevar mascarilla. Además, los grupos no podrán superar las 10 personas en estos entornos y lo que consuman esas personas deberá ser del establecimiento en el que se encuentran.

2. ¿Cómo debe ser el uso de la mascarilla a la hora de tomar una consumición o una comida: quitar y poner constantemente o no tenerla durante todo el tiempo que dure la consumición?

Se debe acceder al local con la mascarilla puesta en todo momento, excepto en el momento del consumo, por lo que la tendrá que tener puesta, al sentarse, pedir comida y/o bebida, y hasta que el camarero/a le lleve las consumiciones, que es cuando podrá quitársela. Una vez acabadas las consumiciones, volverá a ponérsela aunque siga sentado/a en la mesa. En caso de que el cliente/a tenga que levantarse para ir al WC, comprar tabaco, etc. el uso de la mascarilla será obligatorio, lo mismo cuando se pague y se abandone el local. Por deferencia al personal del local, la clientela deberá ponerse también la mascarilla cuando pida o por algún motivo tenga que entablar una conversación con el camarero aunque esté consumiendo".

3. ¿Qué uso hay que hacer de la mascarilla en vía pública y espacios al aire libre?

Es obligatorio el uso de la mascarilla con independencia de la distancia interpersonal, tanto cuando se esté en la vía pública y en espacios al aire libre, como cuando se esté en espacios cerrados de uso público o que se encuentren abiertos al público. Esta obligación no será exigible para las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla o que, por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla, o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización, así como en los supuestos previstos por ley.

4. ¿Y en los picnics, barbacoas y comidas en espacios al aire libre?

En espacios abiertos que se encuentren acondicionados para celebrar picnics o barbacoas se permite el consumo de bebida y comida en dichos espacios, siempre y cuando los grupos no superen las 10 personas y lleven en todo momento puesta la mascarilla, salvo el momento de comer o beber.

5. ¿Se puede fumar o vapear en terrazas o en la vía pública?

Se podrá fumar en los espacios permitidos, debiendo portar la mascarilla en todo momento, salvo cuando se esté fumando.

Empleo

1. En los centros de trabajo, sean públicos o privados, ¿es necesario usar la mascarilla durante la jornada laboral, si se cumple la distancia interpersonal de 1,5 metros?

En el caso de los espacios que no estén abiertos al público, al no estar expresamente recogidos en la norma, se aplicarán las medidas que se consideren en cada espacio que garanticen que se cumplen los principios sanitarios. Por norma general, los que atienden al público sí deben portarla y los que no, pueden trabajar sin ella salvo que no sea posible mantener la distancia de seguridad con otros empleados.

Transportes

1. ¿Dentro del coche tengo que llevar mascarilla?

No es necesario si en el coche se viaja solo o con personas convivientes. En cualquier otro caso, sí que es obligatoria.

2. ¿Y en el transporte público?

Sí, sigue siendo obligatoria.

Deporte

1. ¿Hay que llevar mascarilla al hacer deporte al aire libre?

El Departamento de Salud recomienda su uso si se practica deporte en zona urbana.

2. ¿Los niños mayores de 6 años que están jugando en el parque o al fútbol en la plaza tienen que llevar mascarilla?

A pesar de que pueda resultar incómodo hacerlo con la mascarilla, su uso es obligatorio para estas personas.

3. ¿Si voy solo al monte, tengo que llevar la mascarilla puesta?

No es necesario. A esta situación deberán equipararse aquellas otras no descritas aquí, pero que supongan una actividad individual, al aire libre y sin contacto con ninguna otra persona.

4. Si voy en bicicleta al trabajo por el bidegorri. ¿hay que llevar puesta la mascarilla?

Se equipara a la actividad física al aire libre. Al ser menor su intensidad, es recomendable el uso de la mascarilla.

5. Dentro de un gimnasio, ¿tengo que hacer deporte con mascarilla?

Sí, es obligatorio el uso de mascarilla dentro de un gimnasio.

6. ¿Y al hacer deporte en grupo al aire libre?

Tampoco será exigible en el caso de ejercicio de deporte grupal al aire libre, ni en los supuestos de fuerza mayor o situación de necesidad o cuando, por la propia naturaleza de las actividades, el uso de la mascarilla resulte incompatible, con arreglo a las indicaciones de las autoridades sanitarias.