DONOSTIA - El Boletín Oficial del País Vasco publica este miércoles la orden que regula el procedimiento para acreditar a las enfermeras y enfermeros para la indicación, uso y autorización de la dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano en Euskadi. Mediante esta acreditación, el personal de enfermería va a poder desempeñar un papel "más activo en la respuesta directa que se les da a los pacientes en las consultas", según ha informado el Departamento de Salud.

Esta orden permite desarrollar el Real Decreto 954/2015, que establece que las enfermeras pueden "indicar, usar y autorizar la dispensación" de medicamentos y material sanitario, otorgándoles seguridad jurídica en su ejercicio profesional. Pero para ello establece la necesidad de acreditar a este colectivo, que además de la titulación, debe cumplir, entre otros requisitos, tener una experiencia profesional mínima de un año o, en su defecto, superar un curso de adaptación gratuito habilitado por la Administración sanitaria, siendo este proceso competencia de cada comunidad autónoma.

El Departamento de Salud estima que en Euskadi el 98% de los profesionales de la enfermería podrán acreditarse de manera directa, ya que tienen más de un año de experiencia. Euskadi cuenta actualmente con cerca de 16.400 profesionales de enfermería colegiados, de los cuales, el 80,5% trabaja en Osakidetza, y el resto, en el ámbito privado. El 90,3% son mujeres.

El Real Decreto establece dos supuestos en la dispensación de medicamentos. Por una parte, las enfermeras podrán indicar, usar y autorizar la dispensación de medicamentos no sujetos a prescripción médica, por ejemplo ibuprofeno, y de productos de uso humano, como absorbentes y material para curas, de forma libre y autónoma, mediante una orden de dispensación.

Además, podrán indicar, usar y autorizar la dispensación de determinados medicamentos sujetos a prescripción médica, pero tendrán que realizarlo de manera colaborativa a través de protocolos y guías de práctica clínica y asistencial, donde se recogerán necesariamente aquellos supuestos específicos en los que se necesita la validación médica previa, así como las actuaciones en el seguimiento del proceso. Dichos protocolos deberán ser aprobados por la Comisión Permanente de Farmacia del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.

MAYOR CAPACIDAD DE RESPUESTA

La consejera de Salud, Nekane Murga, considera que esta medida va a contribuir a "aumentar la capacidad de Osakidetza de responder a las necesidades de una sociedad cada vez más envejecida, con una mayor presencia de enfermedades crónicas y una mayor dependencia".

Para mantener una atención sanitaria universal y de calidad, ha dicho, es preciso "activar modelos asistenciales basados en la colaboración de profesionales cada vez más cualificados en sus diferentes ámbitos de actuación y dortarles de una mayor capacidad de resolución".

En este sentido, la consejera ha recordado que la enfermería ha experimentado en los últimos años "un avance importante en su capacitación y conocimiento científico, lo que permite a estos profesionales tener un papel más activo en la respuesta directa a las necesidades de las y de los pacientes".

Desde el Departamento de Salud del Gobierno Vasco se está trabajando con todos los agentes implicados en el desarrollo de este Real Decreto en Euskadi, coordinando actuaciones con los colegios profesionales de Enfermería y con la UPV/EHU, con el objeto de agilizar y garantizar el proceso de acreditación de todos los profesionales de enfermería, tanto del ámbito público como privado.

Asimismo, en las próximas semanas se adaptarán los sistemas electrónicos de receta para la incorporación de la orden de dispensación de enfermería.

Autor: SBA/EVCN