- El Tribunal Constitucional ha anulado parte de un artículo de la ley vasca de protección del medio ambiente después de que el departamento foral de Medio Ambiente y el Consorcio de Residuos de Gipuzkoa, ambos en manos del socialista José Ignacio Asensio, defendiera, contra el criterio del Gobierno y Parlamento vascos, la aplicación de la legislación estatal para evitar un recurso de GuraSOS contra la declaración de impacto ambiental de la incineradora de Zubieta.

Este conflicto ha derivado en la anulación del artículo 3.4 de la ley vasca de protección del medio ambiente, que establecía que “será pública la acción para exigir el cumplimiento de lo previsto en esta ley, tanto en la vía administrativa como jurisdiccional”.

El TC, en una resolución del pasado 28 de enero ha dictaminado que la apostilla “como jurisdiccional” es inconstitucional, ya que invade las competencias estatales sobre la legislación procesal e infringe el artículo 149.1.6 de la Constitución.

Lo más llamativo del procedimiento es que fueron el citado departamento foral, en representación de la Diputación, y el Consorcio de Residuos los que argumentaron ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco que GuraSOS no tenía legitimidad para actuar en los tribunales contra la declaración de impacto ambiental otorgada al complejo de residuos de Gipuzkoa.

Para ello, en lugar de acogerse al artículo de la ley vasca ahora anulado, que no establece requisitos para ejercer la acción pública en el ámbito jurisdiccional, ambas instituciones afirmaron que la actuación de GuraSOS vulneraba la ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

La ley estatal establece que para que una asociación pueda recurrir judicialmente en materia medioambiental debe tener dos años de antigüedad, requisito que no cumplía GuraSOS en 2016, año en el que presentó el recurso contencioso administrativo. La confrontación de ambas legislaciones llevó al TSJPV a plantear en febrero de 2020 una cuestión de inconstitucionalidad respecto al artículo 3.4 de la ley vasca.

Aunque hasta ese momento Diputación y Gobierno vasco habían ido de la mano, en las alegaciones ante el TC las dos instituciones mantuvieron criterios diferentes, ya que la entidad foral defendió que fuera estimada la cuestión, con el objetivo de que GuraSOS, de acuerdo con la ley estatal, más restrictiva, no pudiera ejercer actuaciones legales contra los trámites relacionados con la incineradora.

Un caso similar a este ocurrió en 2014, a cuenta del proceso de constitución de Itziar como Entidad Local Menor. El Ayuntamiento de Deba, gobernado por EH Bildu, pidió un informe a la Diputación, también de EH Bildu, que amparó los planes de Itziar. El informe foral antepuso la norma estatal recogida en la Ley de Bases de Régimen Local en detrimento de su propia norma, que dificultaba los planes para la autonomía de Itziar repecto de Deba.