- El Supremo considera obligado celebrar un nuevo juicio por el caso Bateragune porque entiende que las defensas y acusaciones tienen derecho a una resolución sobre el fondo del asunto, ya que la nulidad del primer juicio ordenada por Estrasburgo no es sinónimo de absolución. Hace unos meses el Supremo anuló la condena que se les impuso en 2012 en aplicación de una sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), que consideró vulnerado el derecho a un juez imparcial de Otegi y los restantes condenados.

Ahora, el Supremo rechaza que la consecuencia de la nulidad sea la absolución. “Los acusados fueron condenados como autores de unos hechos determinados y han cumplido la pena” de manera que “el Estado de Derecho no puede permanecer impasible ante una privación de libertad cuya justificación final se ignora” y “ha de tenerse en cuenta que las acusaciones no han decaído, y quienes las sostienen tienen derecho a una resolución motivada”.

A su entender, la inexistencia de una resolución expresa tendría dos consecuencias. De un lado, que “no existiría un pronunciamiento definitivo de la justicia” sobre la realidad de los hechos, la participación de los acusados, y su carácter delictivo. Y de otro lado, que los acusados recurrentes “han cumplido una pena, en el caso privativa de libertad, como consecuencia de hechos sobre los cuales no existe ese pronunciamiento definitivo”.

El Supremo deja claro que el origen del recurso al TEDH está en la respuesta que dio la magistrada Ángela Murillo cuando Otegi, en la vista de una causa anterior, no quiso contestar si condenaba la violencia: “Ya sabía yo que no me iba a responder a esa pregunta”. Al respecto, afirma que los precedentes de la Sala, en casos en los que se apreció una vulneración del derecho a un juez imparcial, “han conducido, sin excepción, a la declaración de nulidad del juicio y de la sentencia y a la necesidad de la celebración de un nuevo juicio con un tribunal de diferente composición”.

Igualmente, el tribunal rechaza que su decisión suponga una vulneración del principio non bis in ídem -prohibición de juzgar dos veces por el mismo hecho- ya que el primer juicio se anuló con base en la protección de un derecho fundamental del acusado.

La eurodiputada del PNV, Izaskun Bilbao, presentó ayer una iniciativa en la que anima a la Comisión Europea a incluir la repetición del juicio del caso Bateragune, ordenada por el Supremo, como caso de estudio en el próximo informe anual que el Ejecutivo comunitario debe realizar sobre la salud del estado de derecho en la Unión Europea.