- La decisión de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo de ordenar la repetición del juicio del caso Bateragune ha originado una cascada de reacciones que, más allá de la vertiente política, abre una serie de interrogantes sobre el por qué de esta decisión y por cómo queda la justicia española con respecto al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) de Estrasburgo.

El catedrático de Derecho Internacional de la UPV/EHU Juanjo Álvarez considera que a una sentencia no se le puede aplicar el principio de reformatio in peius. Es decir, no puede ser revisada para aplicar una condena mayor al acusado, por lo que califica de "inédita" la decisión del Tribunal Supremo de repetir el proceso. "Para qué se hace el paripé de repetir el juicio, si no puede haber una pena superior a la ya cumplida. Eso sí que sería un escándalo", destaca. Para Álvarez, la decisión del Supremo supone "una burla al sentido garantista del Convenio Europeo de Derechos Humanos", ya que solo busca dictar una sentencia que "aunque carezca de efectos en términos de privación de libertad, deje claro que los procesados están condenados; mantenga sus antecedentes penales y su inhabilitación para ejercer como cargo público; y ponga en cuestión la reclamación económica".

María Jesús del Barco es la jueza decana de Madrid y portavoz de la Asociación Profesional de la Magistratura (APM). Según asegura, no es tan inusual que se ordene la repetición de un juicio. "Es algo que sucede con relativa frecuencia. El Tribunal de Derechos Humanos (TEDH) dijo que los acusados no tuvieron un tribunal imparcial. Estamos ante un defecto procesal que se produjo en el origen del juicio. La única forma de subsanar ese defecto procesal es volver al momento en que se produjo. Puede parecer muy anómalo, pero a los jueces nos sucede alguna vez. Lo que pasa es que es más llamativo porque es Otegi, pero ocurre lo mismo sea Pepito López u otro", señaló a este periódico.

Del Barco afirma que fue el propio Otegi quien inició todo este proceso. "El Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo no se pone a revisar la sentencia así como así, sino a petición de Otegi. La consecuencia de lo que pidió Otegi, que se revisara su sentencia, es esto. No cabía otra cosa. El TEDH no le absolvió ni decretó que fuera inocente. Lo que dijo es que no había imparcialidad en el tribunal que le juzgó, mejor dicho en uno de los magistrados que lo integraba. ¿Cómo se subsana ese defecto procesal? Pues volviendo al estadio previo", asegura.

¿Y ahora? ¿Qué pasa si Otegi es condenado? La portavoz de la APM lo tiene claro. "El tiempo que han cumplido -seis años y seis años y medio- se tiene en cuenta. Lo mismo que se computa el tiempo que se está en prisión preventiva", señala Del Barco, que considera que en este nuevo juicio lo razonable sería que la Fiscalía no pida más tiempo que el que han cumplido, por lo que no volverían a prisión. "Del mismo modo, puede haber una sentencia absolutoria y en ese caso podría exigir el pago de una indemnización por el tiempo cumplido en prisión", sentencia.

Ascensión Martín, portavoz de la progresista asociación Juezas y Jueces por la Democracia (JJpD), declinó hacer cualquier comentario a preguntas de este medio. "Es una sentencia dictada por la Sala de lo Penal del Supremo y solo conocemos el avance. Han señalado que van a dar a conocer la resolución de una forma detallada y hasta que no sepamos los fundamentos jurídicos en los que se basa el fallo, lo lógico es que no nos pronunciemos", aseguró.

Por su parte, el jurista y profesor de Derecho en la UPV/EHU José Ramón Bengoetxea señaló, en declaraciones a Radio Euskadi, que la única vía que encuentra para argumentar la decisión del Supremo es la "puramente formal y formalista en un sentido kafkiano". Esto es, "si Estrasburgo ha señalado un vicio de procedimiento y una falta de imparcialidad, lo que hacemos ahora es volver a hacer el juicio sin vicio de procedimiento y respetando la imparcialidad".

A su entender, si este fuera el razonamiento, el hecho sería "casi más grave en realidad" ya que se "está cuestionando la autoridad del Tribunal de Estrasburgo".

"Hubo un defecto procesal que denunció el propio Otegi y es lógico que se subsane"

Jueza y portavoz de la APM