La Audiencia Nacional ha impuesto penas de hasta 15 años y 5 meses de cárcel a los principales responsables de la trama Gürtel por la visita del Papa Benedicto XVI a Valencia en 2006 al considerar probado que incurrieron en múltiples delitos de prevaricación, malversación, fraude, cohecho y blanqueo, entre otros.

En una sentencia, la Sala de lo Penal de la Audiencia fija la mayor condena para el exdirigente del PP gallego Pablo Crespo. Al líder de la red Gürtel, Francisco Correa, lo condena a 13 años y 7 meses de prisión; y a Álvaro Pérez, el Bigotes, a 6 años y 9 meses.

También ha condenado a 6 años y 9 meses de prisión al exdirector de la Radiotelevisión Valenciana (RTVV) Pedro García Gimeno, en una sentencia en la que impone penas de cárcel a 19 de los 23 acusados, en un juicio marcado por el fallecimiento de uno de los procesados, el expresidente de las Cortes Valencianas y ex director general de la Policía Juan Cotino, cuando ya había prestado declaración ante el tribunal.

El resto de acusados han sido condenados a penas que van desde los ocho meses de cárcel a los que ha sido condenado Jacobo Gordon a los tres años de Francisco Javier Arnuncio Perugio. En el caso de Ramón Blanco Balín ha sido condenado a 1 año y medio de prisión.

Por el contrario, la Sala absuelve a dos acusadas para las que la Fiscalía Anticorrupción retiró la acusación en el juicio, Noemí Márquez y Alexandra Andrea Benesovsky, mientras que otros dos procesados fallecieron, Juan Cotino y Luis Sabater Balaguer, por lo que quedó extinguida su responsabilidad penal.

La Audiencia considera que la valoración de la prueba en su conjunto permite concluir que hubo una adjudicación directa por parte del director general de la RTVV a favor de la empresa interpuesta por el grupo Correa, TECONSA, del contrato de suministro de pantallas, sonido y megafonía para la visita del Papa a Valencia en julio de 2006 con clara finalidad de enriquecimiento ilícito por el sobrecoste del importe pagado (3.205.375,11 euros).

El contrato se firmó por un precio excesivo a la elaboración formal del expediente administrativo, con la colaboración de los empleados públicos de RTVV, y se antedataron los trámites esenciales con el fin de dotar de apariencia de ilegalidad e incurriendo en el elaborado en sucesivas infracciones de la normativa administrativa.