- Todavía quedan una serie de trámites para culminar la apertura de una causa contra Pablo Iglesias en el Supremo que, incluso, puede rechazar investigarlo. Una vez que reciba la exposición razonada, el tema pasará a manos de la sala de admisión compuesta por el presidente de la Sala de lo Penal, Manuel Marchena, y los magistrados Andrés Martínez Arrieta, Andrés Palomo, Ana Ferrer y Eduardo de Porres, quienes deberán designar un ponente encargado de redactar la resolución que deberá exponer ante el resto de la sala. Nombrado el ponente, la sala deberá pedir a la Fiscalía, que dirige la exministra socialista Dolores Delgado, que emita un informe sobre si debe o no imputar al líder de Podemos. No tiene límite para su entrega ni es vinculante, pero lo remitirá a los magistrados para que decidan si se archiva o se admite a trámite la exposición razonada, es decir, será el momento en que el alto tribunal se pronuncie sobre si abre o no causa contra Iglesias.

En ese caso se designaría un instructor, que no podría ser ninguno de los jueces que conforman dicha sala de admisión. Después, el juez debería dirigirse al Congreso para solicitar el suplicatorio, si bien existe la opción de que el imputado, por su condición de aforado, pueda acudir voluntariamente cuando desee a prestar declaración judicial. Desde 1988 la Cámara baja no rechaza ningún suplicatorio, que debe aprobarse por mayoría, lo que implicaría el voto a favor de los socialistas.

Los trámites para la aprobación del suplicatorio están regulados en los artículos 13 y 14 del Reglamento del Congreso, que fijan unos plazos que comienzan a contar una vez que llegue a la Cámara el suplicatorio enviado por el presidente del Supremo, Carlos Lesmes. En total, 60 días hábiles. El debate y votación de los suplicatorios se desarrolla a puerta cerrada y sin transparencia.