Los diputados generales de Gipuzkoa, Araba y Bizkaia han subrayado que el Real Decreto Ley que recoge el acuerdo sobre financiación alcanzado entre el Gobierno español y la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) "no afecta a las entidades locales" de la CAV, donde la tutela financiera de los ayuntamientos corresponde a los territorios históricos.

En este sentido, han recordado que "cualquier decisión o acuerdo relativo a la financiación y sostenibilidad de las instituciones vascas, incluidas las entidades locales, deberá ser adoptada, bajo el principio de bilateralidad, en el seno de la Comisión Mixta de Concierto Económico".

Los responsables de las diputaciones de Gipuzkoa, Markel Olano; Araba, Ramiro González; y de Bizkaia, Unai Rementeria, han hecho público un comunicado conjunto en el que afirman que el Real Decreto Ley 27/2020 de Medidas financieras, de carácter extraordinario y urgente, aplicables a las entidades locales, publicado este miércoles en el BOE, "no es de aplicación para las entidades locales de los tres territorios históricos de la Comunidad Autónoma Vasca".

Según indican los tres diputados, "el apartado primero del Real Decreto Ley enmarca el objeto del acuerdo realizado, tratándose de una materia eminentemente financiera, en el que las entidades locales, con carácter voluntario, podrán actuar como prestamistas del Estado". Por su parte, las entidades locales reciben a cambio "una retribución y ciertas contrapartidas" en materia de financiación local.

Tras analizar el acuerdo y ante "las manifiestas diferencias existentes entre los municipios de régimen común y los de territorio foral", las diputaciones vascas han reiterado que "no afecta a la estructura y sistema municipal de Euskadi".

En este sentido, subrayan que en la Comunidad Autónoma Vasca corresponde a las Diputaciones forales la tutela financiera de las entidades locales de cada territorio. De este modo, señalan que, en cada territorio histórico, están en vigor las respectivas Normas Forales reguladoras de la estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera de las Entidades Locales que regulan la utilización de los superávits en los ayuntamientos vascos.

En la Comisión Mixta

"Cualquier decisión o acuerdo relativo a la financiación y sostenibilidad de las instituciones vascas, incluidas las entidades locales, deberá ser adoptada, bajo el principio de bilateralidad, en el seno de la Comisión Mixta de Concierto Económico", añaden los diputados generales, que recuerdan que estos acuerdos "serán posteriormente regulados ya sea por las Juntas Generales o por las diputaciones de los territorios históricos".

Los diputados generales concluyen su comunicado señalando que, "en consecuencia, no se contempla la aplicabilidad de lo dispuesto en el citado Real Decreto Ley en las entidades Locales de Euskadi, consecuencia de la singularidad foral aplicable a nuestros municipios".