vitoria - Los principales condenados por el caso De Miguel seguirán en libertad con medidas cautelares hasta que el Tribunal Supremo adopte una decisión firme, ya que tienen previsto recurrir la sentencia dictada esta misma semana por la Audiencia Provincial de Álava. Este tribunal celebró ayer lo se denomina vistilla en la que rechazó la petición de la Fiscalía de que ingresaran en prisión de manera inmediata los cabecillas de la trama creada en 2005 para obtener irregularmente contratos públicos y cobrar comisiones.

En concreto, la Fiscalía había solicitado el encarcelamiento del ex número dos del PNV en Araba Alfredo de Miguel; los exdirigentes jeltzales Koldo Otxandiano y Aitor Tellería; el exdirector de Juventud del Gobierno Vasco Xabier Sánchez Robles, y el empresario y exedil del PNV en Leioa Iñaki San Juan, todos ellos condenados a penas de prisión de entre cinco y trece años. El fiscal jefe de Araba, Josu Izaguirre, había pedido además la retirada del pasaporte para los empresarios Josu Montes e Iñaki Echaburu, condenados a más de cuatro y dos años, respectivamente.

Tras una vista a puerta cerrada que se prolongó durante hora y media -a la que siguió la deliberación del tribunal-, la Audiencia decidió dejarlos en libertad provisional, aunque con una serie de medidas cautelares que varían en función de las penas impuestas a cada acusado y que empezarán a aplicarse a partir de este mismo lunes.

En el auto dictado tras la vista, los magistrados consideran de esta manera que la gravedad de los delitos y la elevada pena no pueden ser el "único criterio" para decidir el ingreso en prisión. Destacan además que les "consta que los acusados en ningún momento han tratado de eludir la acción de la justicia" y han acudido al juzgado siempre que han sido citados, también hoy.

Los cinco principales condenados "disponen de arraigo suficiente" y el posible riesgo de fuga "puede ser minimizado con la adopción de otras medidas cautelares menos gravosas" que la cárcel, "máxime cuando el Ministerio Fiscal no ha probado circunstancia o marcador de riesgo distinto al de la pena", dice el auto.

sin pasaporte y comparecencias Así, se les retirará el pasaporte para que no puedan salir del Estado español y deberán comparecer ante el juzgado cada 15 días o cada vez que sean requeridos para ello, así como comunicar cualquier cambio de domicilio. A los dos empresarios citados no se les retira el pasaporte y únicamente se les impone obligatoriedad de comparecer en el juzgado y de comunicar cambios de domicilio.

La Audiencia, que rechazó las peticiones de fianza del Ministerio Público, adoptó estas medidas cautelares a la vista de que la sentencia no es firme, y de que los condenados tienen intención de recurrirla al Supremo, según confirmaron varios letrados. De esta manera los condenados esperarán en libertad provisional la sentencia firme del caso, en el que se juzgó a 26 personas, de las cuales once fueron absueltas. A los ocho condenados que no han sido citados este viernes por la Audiencia se les impuso penas inferiores a dos años, que no implican su ingreso en prisión, o bien penas de inhabilitación.

En la vista las defensas han argumentado que no hay riesgo de fuga. "Después de diez años de instrucción, un año de juicio y otro para la sentencia, si no se han fugado difícilmente lo van a hacer ahora", afirmó a los periodistas el abogado de Tellería, Jesús Villegas, que considera que dejándolos en libertad el tribunal "no ha hecho nada que salga de lo normal". El abogado de Otxandiano, Carlos Chacón, insistió también en los diez años transcurridos desde que se destapó el caso, una circunstancia que demuestra que los condenados no tienen intención de huir. En opinión del letrado de Alfredo de Miguel, Gonzalo Susaeta, la decisión de dejarlos en libertad provisional "era lo lógico".

Rescisión de contrato En este contexto, el diputado general de Álava, Ramiro González, anunció ayer que la próxima semana se convocará al Consejo de Administración del Parque Tecnológico de Miñano "para tratar la resolución del contrato con Stoa", anulando así la ampliación prevista inicialmente. La sentencia del caso De Miguel, menciona a la empresa Stoa y señala que la adjudicación de la redacción del plan urbanístico del parque tecnológico de Miñano a esta empresa fue ilegal y se hizo a cambio de una comisión de 3.750 euros.

EH Bildu, Elkarrekin y el PP habían pedido en las últimas horas la suspensión "inmediata" del contrato con Stoa. - N.G.