En estos calurosos días del verano de 2025 vuelve a aparecer en los medios de comunicación la noticia, el debate y las múltiples apreciaciones sobre el asunto de la fiscalidad en el Estado autonómico. Fiscalidad y debates que, bajo el sobrenombre periodístico de “singularidad fiscal”, coinciden con las conversaciones que mantienen el Gobierno central y la Generalitat de Catalunya.

La lectura de bastantes opiniones vertidas en estos días me impulsa a poner en común algunas consideraciones que, obviamente, ni son todas las posibles ni son inamovibles. Son, simplemente, las mías.

Todo sistema fiscal no es, ni más ni menos, que un instrumento económico al servicio de los objetivos políticos que los diferentes esquemas ideológicos plantean con mayor o menor intensidad y con mayor o menor grado de responsabilidad por parte del sector público, es decir, de las Administraciones Públicas.

Entre estos objetivos destacan los vinculados a la redistribución de la renta, la salud, la seguridad –Defensa incluida–, la cultura, el desarrollo personal de los ciudadanos, los compromisos internacionales y el bienestar de la población como suma de todos ellos, tanto en niveles cualitativos como cuantitativos, de acuerdo con los estándares de lo que entendemos por una sociedad desarrollada.

Cualquier modelo fiscal que se precie ha de contar con un diseño y una ejecución acordes con los estándares mencionados, que afecten con la suficiente transparencia y aceptación por parte de los ciudadanos, y que garanticen eficiencia en su aplicación respecto a los pilares fiscales comúnmente aceptados: ingresos, gastos, inversiones y estructura de reparto de las cargas impositivas, así como transferencias –directas e indirectas– dirigidas a la población y al tejido productivo, cultural y social. Todo ello con el obligado corolario de la aceptación, cumplimiento y sometimiento ineludible a las normas que estructuren el modelo fiscal en cuestión.

Considero conveniente incidir en un concepto multilateral previo, que afecta a la composición del esquema relativo a los sujetos pasivos y a los sujetos activos concernidos. Entiendo que es relevante porque, en el seno del debate actual sobre la “singularidad fiscal”, se confunden el Régimen Común y el Régimen Foral, enarbolando la idea de solidaridad como sinónimo del “qué hay de lo mío”, simplificando en exceso el debate y empobreciéndolo conceptualmente.

En el sistema foral los sujetos pasivos y activos son distintos al Estado. A este se le reconoce un derecho a cobrar un pago por los servicios que presta al espacio geográfico del País Vasco y Navarra. Servicios como la defensa militar, la acción exterior política, el control del espacio aéreo, parte del espacio marítimo y determinados espacios terrestres vinculados a las fronteras, entre otros. Conscientemente dejo aparte el ámbito digital y virtual, complejo donde los haya.

En el sistema foral se calcula el coste de los servicios provistos por el Estado, y ese coste se abona. Si la recaudación propia no alcanza para cubrirlo, hay que, como se dice vulgarmente, “buscarse la vida”.

Conceptualmente, el “sistema singular” y el “sistema foral” son distintos. Mezclarlos y compararlos no solo es un error, sino que, a mi entender, refleja una intencionalidad perversa.

La extensión necesaria de este comentario no permite desarrollar todos los elementos que diferencian al modelo foral del modelo común y, dentro de este, del denominado –potencialmente– singular. Sí es posible, sin embargo, apuntar alguna idea básica para el debate.

En la controversia abierta desde la Transición y, me temo, también en el futuro, quienes hablan y escriben sobre el modelo fiscal —no todos, pero sí aquellos que abordan el asunto tangencialmente para reforzar determinadas posturas ideológicas— ponen el acento en el reparto de la cantidad total ingresada, la mayoría de las veces sin especificar con rigor y credibilidad en qué pretenden aplicar los fondos que reclaman. Es decir, buscan recibir más para gastar más, sin diferenciar entre gastos necesarios, gastos consuntivos e inversiones de futuro.

El sistema foral implica, en su concepción, realidad y ejecución, un pacto que sustenta el compromiso con el ingreso, con la recaudación que, una vez lograda y sea cual sea su nivel cuantitativo, se aplicará a los gastos e inversiones aprobados dentro de la política fiscal y presupuestaria por el Parlamento correspondiente.

Resulta imprescindible elevar el nivel del debate fiscal, ya que, de no hacerlo, corremos el riesgo de desembocar en una situación de equilibrio inestable en el corto y medio plazo. Más aún a la vista de lo ocurrido en la gestión política de algunas comunidades autónomas ante situaciones extremas de origen natural, o en la política de otras orientada a reducir la presión fiscal de determinados sujetos pasivos.

Existe un riesgo real de aplicar nuevamente la teoría del “café para todos”.

Este riesgo no reside tanto en una merma de los recursos del Gobierno central, sino en que algunas comunidades autónomas incurran en un excesivo clientelismo electoral, incumpliendo sus responsabilidades fiscales en lo relativo a la exacción de impuestos y abriendo la mano en el gasto. Ello refuerza la visión, compartida por muchos y coincidente con una idea uniforme y uniformadora de España, de que la comunidad autónoma es un mero centro de gasto, y no un centro de responsabilidad en la gestión óptima de lo público.